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Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Duda Actuaciones procesales #333147
    clarajc
    Participante

    Hola María,
    me ha quedado claro, se nombrará intérprete mediante Decreto por el LAJ en caso de que no conozca el castellano ni la lengua oficial de la Comunidad; se dictará Providencia por el Tribunal nombrando dicho intérprete cuando se alegue indefensión por no conocer el idioma o lengua que se está empleando concretamente. Entiendo bien?
    Gracias !!!

    en respuesta a: Procedimiento Habeas Corpus #333010
    clarajc
    Participante

    Muchas gracias María!!

    en respuesta a: DUDA ALUMNA. PROCESO MONITORIO Y CAMBIARIO #332985
    clarajc
    Participante

    Buenos días,
    me uno a la conversación sobre la cuestión planteada, porque yo también he considerado como acertada la respuesta B) al igual que la compañera, comprendo la explicación dada, y basada también en la Sentencia citada, pero siempre que se nos plantea algún supuesto donde medie letra de cambio, cheque o pagaré , nos hemos ido al procedimiento cambiario, como medio mas adecuado para tramitarlo, aunque ello no quite, porque es cierto que se dan los requisitos para ello, que se pudiese encauzar por un monitorio, me sigue creando duda , porque en base a la explicación dada y la Sentencia recogida, en caso que se nos plateen supuesto donde medie letra de cambio, cheque o pagaré , nos iríamos para tramitarlo a un monitorio en primer lugar y no a un cambiario, como solemos hacer.
    Gracias!!

    en respuesta a: DUDA DE UNA ALUMNA.- La Reforma Constitucional #332887
    clarajc
    Participante

    Buenas tardes,
    diría la opción B)art. 11.2 : ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
    se regularía su reforma por el art. 167, vía ordinaria, y NO sería necesario someter a referéndum su reforma, salvo que lo solicitasen una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras, puesto que no está comprendido : ni en el Título Preliminar, ni en el Capitulo segundo, Sección Primera del Título Primero , ni el el Titulo II.

    en respuesta a: Duda instrucción penal #332787
    clarajc
    Participante

    Entendido, muchas gracias María.
    Un saludo

    en respuesta a: ¿Quién se atreve? Oposorpréndeme #332754
    clarajc
    Participante

    Buenos días,
    En primer lugar hay que tener claro y contar con los datos suficientes para saber el origen o causa de la reclamación y sus condicionantes para ver el procedimiento adecuado para reclamarla. Siempre tiene preferencia el criterio de la materia sobre la cuantía ; en base a ello:

    – Se podrá reclamar mediante juicio verbal, ( art. 250 LEC ) en base a la materia, y con independencia de su cuantía, si se trata de una reclamación de cantidad por impago de rentas y cantidades debidas en contrato de arrendamiento urbano o rústico; igualmente se podrá reclamar por este procedimiento si se solicita la cantidad por alimentos debidos por disposición legal u otro título.

    – Se podrá tramitar mediante procedimiento monitorio, si se trata de una deuda dineraria de cualquier importe, líquida y determinada, como es el caso, pero además sea vencida y exigible, siempre que dicha deuda se pueda acreditar por algunos de los medios indicados en el art. ( 812 y ss LEC , documentos con firmas o sellos, albaranes, facturas, certificaciones, etc..).

    – Se podrá reclamar la cantidad mediante juicio cambiario ( arts. 819 LEC), siempre que la cantidad adeudada ( 10.000€ ) esté documentada en letra de cambio, cheque o pagaré, en cuyo caso quedaría asegurado el inmediato embargo preventivo, que se convertiría en ejecutivo automáticamente si el deudor no se opone o si dicha oposición le es desestimada. Sólo se podrá acudir a este procedimiento si se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos de la Ley cambiaria y del cheque.

    -Si no se dan ninguna de las premisas o condicionantes indicados para cada uno de los procedimientos indicados, no procederá ninguno de ellos para la reclamación ; y atendiendo a la cuantía, que excede de los 6000€, se podrá tramitar procedimiento ordinario para dicha reclamación; no siendo procedente el verbal puesto que la cuantía supera los 6000€.

    Estupenda iniciativa esta actividad, hace pensar y analizar las materias que planteais a fondo.
    Gracias!!!!! esperemos al fin de semana para ver respuesta.

    en respuesta a: Test Repaso Actuaciones procesales #332659
    clarajc
    Participante

    Hola de nuevo,
    gracias por tu aclaración Baldo, mi duda surgió porque el art. 151 LEC indica : ” todas las resoluciones dictadas por los Tribunales y los LAJ, en este caso es una resolución del LAJ, pero entiendo que las diligencias de constancia, al igual que las de comunicación o ejecución , se dictan a los efectos de reflejar en autos los hechos o actos con trascendencia procesal, y no es necesario comunicarlas, es esto así?
    Gracias de antemano

    en respuesta a: Test Repaso Actuaciones procesales #332657
    clarajc
    Participante

    Puede estar en lo que indicas , en el matiz de la pregunta, muchas gracias Anais79

    en respuesta a: JUSTICIA. PREPARACIÓN AUXILIO OEP 2017-18.- PROPUESTA DE ESTUDIO #332522
    clarajc
    Participante

    Estupendo plan de trabajo, empiezo a aplicarlo en mi planificación y a trabajarlo fuerte. Muchas gracias !!! sois geniales !!!

    en respuesta a: Simulacros Primer Examen actualizados. #332326
    clarajc
    Participante

    Muchas gracias por este material, que nos va a ser de mucha utilidad , por esta actualización tan estupenda , muy fiel al examen al que nos tenemos que enfrentar.
    Sois estupendos

    en respuesta a: DUDA SIMULACRO EXAMEN 12 , PREGUNTA 11 #291509
    clarajc
    Participante

    Entendido Belén, es que practicándolo, tanto en cuadro como en estrecho, el WordArt se me colocaba sobre el centro del texto, pero dentro, y al aparecer en el margen izquierdo al principio, por eso me creo duda.
    Gracias por la aclaración

    en respuesta a: SIMULACRO EXÁMEN 8 #291393
    clarajc
    Participante

    Hola Belén,
    me queda ahora aclarado, no había interpretado bien, la opción última de ALT+B, y no me salía , ahora viendo que se trata de coger la opción de la letra subrayada una vez que se esta dentro del cuadro lo veo claro.
    Muchas gracias.
    Un saludo

    en respuesta a: DUDA TEST ATAJOS 6 #291370
    clarajc
    Participante

    Buenas tardes,
    Gracias Belén por la aclaración, no tenía actualizado ese listado completo de atajos y por eso me faltaba, yo lo actualicé y me aparace .
    Gracias,
    Un saludo

    clarajc
    Participante

    Gracias por detallar de forma tan completa y pormenorizada todas las subidas del distinto material del que nos poneis a disposición, y gracias por vuestra coordinación y eficacia a la hora de tenernos al día tanto de enlaces, materiales para clases, grabaciones, etc…es muy necesario tenerlo disponible para nuestra preparación diaria y nos la facilitaís siempre en gran medida.
    Gracias!!

    en respuesta a: DUDA SUPUESTO PRÁCTICO PROCESO LABORAL 59 #332018
    clarajc
    Participante

    Hola MaríaA,
    exacto, esa es la trampa de la opción C, que habla de la empresa demandada, no del demandante, al que se refiere al pregunta, creo María que en eso fue en lo que caí. Muchas gracias !!!!!, no se si alguien opina algo distinto, pero estoy de acuerdo con lo que indicas.

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