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27 marzo, 2014 a las 11:31 am en respuesta a: LISTADO DE APROBAD@S PRIMER EXAMEN GESTIÓN DE JUSTICIA #318411mariajesus_85Participante
La verda es que es una sensación muy reconfortante ver premiado todo tu esfuerzo y supongo que para Baldo también pues verá su trabajo reflejado en nuestros aprobados. Mucha suerte a los compañeros de opositas! Ánimo para el segundo. Saludos.
mariajesus_85Participanteperdona de 50 a 99?? te refieres a ratio por plaza o personas en total? A ver si salen las listas de aprobados y salimos de dudas.. mucho ánimo a todos.
mariajesus_85ParticipanteSI, en todo caso es necesario agotar todos los medios de impugnación antes de acudir en amparo al Tc (arts 40 y siguientes de la LOTC )
mariajesus_85ParticipanteYo creo que lo de los diez días se refiere al mínimo que debe mediar entre que te citen para un juicio y la fecha de éste, es decir, que no te pueden citar hoy para un juicio que se celebra dentro de 3 días, pero no lo entiendo como un plazo que corra sino que como mínimo son diez pero podrían ser más. Bueno así lo entendí cuando lo estudié no se si es eso o no porque en estos momentos dudo de todo, saludos.
mariajesus_85ParticipanteYo creo que es la c, es que si me dices que la letra de cambio el cheque o pagaré es directamente ejecutable qué sentido tendría el juicio cambiario? Creo que el 517 no se refiere a ellos, a ver si Bg nos saca de dudas
Saludos
mariajesus_85ParticipanteTe copio y pego:
Redactado por la disposición final tercera del R.D.-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación («B.O.E.» 29 junio).Vigencia: 30 junio 2013
saludos
mariajesus_85ParticipanteBuenos días yo creo que es el 5% para ambas tanto para muebles como inmuebles.
3 febrero, 2014 a las 4:13 pm en respuesta a: Articulo 642 LEC. Subsistencia y cancelación de cargas #287425mariajesus_85ParticipanteBueno si estoy en lo cierto creo que se refiere a que al igual que ocurre con la subasta de bienes inmuebles cuando la transmisión se produce por convenio de realización o por persona o entidad especializada el adquiriente acepta las cargas anteriores a la que se ejecuta y por tanto siguen subsistiendo, comprobando el scretario judicial que el que adquiere el bien ejecutado conoce todas las cargas anteriores y las acepta.
mariajesus_85Participantesí muchas gracias, me ha quedado bastante claro-.
mariajesus_85Participantegracias por tu respuesta entonces la opción correcta del test sería la b no?
mariajesus_85Participantegracias baldo, ya aclarado. Feliz puente.
13 noviembre, 2013 a las 10:18 am en respuesta a: Art 695 de la LEC . Oposicion a la ejecucion #317812mariajesus_85ParticipanteGracias Baldo había confundido muebles con inmuebles. 😉
11 noviembre, 2013 a las 7:02 pm en respuesta a: Art 695 de la LEC . Oposicion a la ejecucion #317810mariajesus_85ParticipantePor favor puede alguien arrojar algo de luz que yo también tengo la misma duda.
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