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manolo9Participante
Hola.
Yo entiendo que este tipo de notificaciones como el auto de procesamiento se debe notificar personalmente, es decir, por un funcionario.
El art. 166 Lecr creo que lo aclara pues nos hace la excepción del artículo 501 que está relacionado con el procesamiento. Mírate ese artículo y creo que te quedará más claro.
Un saludo.manolo9ParticipanteHola.
Quería solo hacer un pequeño matiz.
1. La vista se celebra como lo dispuesto para el juicio verbal pero es relativa a la [u]oposición[/u][u].
Un saludo.[/u]manolo9ParticipanteHola.
Yo también creo que es así, que se contradicen la LOPJ y el Reglamento. Así que si pusieran esta pregunta habría que contestar según nos preguntaran. O a lo mejor ha habido una rectificación posterior y no nos hemos enterado. Ya veremos.
Un saludo.manolo9ParticipanteHola.
A ver si me explico. Habla de cuando todas las partes están representadas por procurador, pero en la primera comparecencia de un procurador en el procedimiento, la “primera toma de contacto”. En este caso no se puede hacer el traslado como se explica en los apartados anteriores, a través del servicio de recepción. Por lo tanto, es el tribunal el que se encarga de hacer este traslado. Es decir, la clave está en que es la primera vez del procurador y, por el contrario, en los artículos anteriores ya se tenía anteriormente procurador.
No se si te he aclarado algo. Esperemos mejores opiniones.
Un saludo.manolo9Participantecreo que el enlace del manual es este
[url=http://www.opositas.com/manual.pdf]http://www.opositas.com/manual.pdf[/url]
manolo9ParticipanteHola. Se entra a través del mirc de opositas. Hay un manual perfecto que lo hizo en su día Nz.
No se donde está ahora mismo este manual pero muevete un poco por la página y seguro que lo encuentras.
Un saludo.manolo9ParticipanteHola.
No se exactamente que ponen esos temas pero creo que la prueba penal si hay que estudiarla. En la LECr prácticamente no hay ningún artículo que puedas decir “este no me lo estudio porque seguro que no entra y no me lo preguntan”. Mi opinión es que la LECr hay que estudiarla completamente.
Esperemos mejores opiniones.
Un saludo.manolo9ParticipanteHola. No he entendido muy bien la pregunta, pero espero ayudarte.
Presentación recurso de queja junto con el de reposición dentro del quinto día. Si no se estima la reposición se testimonian ambas resoluciones. Es decir, si estima (admite) la reposición entonces no habría que continuar con la queja.
El testimonio es del auto que se recurre y del que no estima la reposición, es decir, el auto “originario” y el posterior a este que no lo revoca.
No se si te he aclarado algo, o te lo he complicado algo más. Espero más opiniones.
Un saludo.manolo9ParticipanteEn relación a la frase que no entiendes te remito a un mensaje anterior y creo que con el te quedará más claro.
[url=http://www.opositas.com/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=17689&start=0&postdays=0&postorder=asc&highlight=]http://www.opositas.com/modules.php?nam … highlight=[/url]
saludos.
manolo9ParticipanteHola.
Creo que no ha sido publicada en el boe. Te dejo un enlace donde viene la carta. Espero que te sirva.[url=http://www.juecesdemocracia.es/ActualidadMJU/2006/marzo/cartaderechos%5B1%5D.pdf]http://www.juecesdemocracia.es/Actualid … 5B1%5D.pdf[/url]
11 marzo, 2005 a las 8:18 pm en respuesta a: ¿Creéis que merece la pena presentarse por libre? #294923manolo9ParticipanteLa verdad es que la respuesta al tema es complicada. Mi consejo (si os vale para algo) es que sigais preparando justicia, aunque mientras podeis intentar otras como AGE o JUNTAS. Es muy complicado sacar plazas sin tener puntos pero podeis aprovechar (cuestión de tiempo) para hacer cursos hasta que llegue el examen. Y, por lo menos, intentar aprobar el primero con vista a poder entrar en bolsa de interinos donde pidan haber aprobado algún examen.
Yo llevo trabajando poco tiempo en justicia y he visto que hay muchos interinos que son muy válidos pero tampoco tienen muchas ganas de estudiar. Así que ánimo y a estudiar.
Saludos.manolo9ParticipanteYo también me uno a las felicitaciones. ¡ENHORABUENA!
manolo9Participantemuy gracioso maribel, soy ruth y ya me voy aficionando a esto
besos
ruthmanolo9ParticipanteHola.
Creo que para que os hagais una idea de la calidad del temario así como de los test y demás materiales creo que tendrías que comprobar simplemente la cantidad de aprobados que ha tenido opositas.com y en presenciales en CEG. Cualquier compañero os podrá confirmar este dato. Mi experiencia es positiva pues opositas tuvo mucho que ver en que sea ahora mismo funcionario.
Saludos.manolo9ParticipanteHola Ana. Siento que no hayas llegado al aprobado pero ya sabes que en cualquier momento caerá.
Ánimo y a intentarlo en la próxima y mientras tanto que te vaya bien en el trabajo.
Saludos. -
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