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Respuestas de foro creadas

Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • en respuesta a: Duda Procedimiento Responsabilidad Patrimonial #363094
    inmaorts
    Participante

    Hola Sara,

    El proceso seguiría el esquema que tú indicas en tu pregunta. Además, deberíamos tener las siguientes consideraciones:
    – La terminación convencional (artículo 86) requiere que el acuerdo no sea contrario al ordenamiento jurídico ni verse sobre materias no susceptibles de transacción. Por otra parte (artículo 86.5) el acuerdo alcanzado deberá fijar la cuantía y modo de indemnización de acuerdo con los criterios que para calcularla y abonarla establece el artículo 34 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público

    – Respecto a la audiencia, hay que considerar los artículos 82.4 que indica cuándo se podrá prescindir de este trámite y 82.5, que habla de la especialidad de los procedimientos de responsabilidad patrimonial a los que se refiere el artículo 32.9 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (audiencia del contratista)

    – En cuanto a los dictámenes, también mencionar el artículo 81.1: En el caso de los procedimientos de responsabilidad patrimonial será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de diez días el plazo de su emisión. Y además, considerar el 81.3 (informe preceptivo del CGPJ en caso de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia)

    – Por último, recordar la posibilidad de tramitación simplificada regulada en el artículo 96.4

    Creo que con esto completamos el resumen; espero haberte ayudado!

    en respuesta a: EN OPOSITAS QUEREMOS EMPEZAR LAS VISITAS PRESENCIALES… #290492
    inmaorts
    Participante

    Ojalá veros por aquí!! 🙂

    en respuesta a: Grabación sesión simulacro 10 de abril #333136
    inmaorts
    Participante

    Gracias por tu apoyo siempre!! Último esfuerzo! Muchos ánimos a tod@s 🙂

    en respuesta a: DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER #290454
    inmaorts
    Participante

    Muchas gracias por tus palabras, Baldo!
    En este difícil mundo laboral en que se hace una montaña ser madre y trabajadora, vosotros, con vuestro apoyo y motivación para acceder a la función pública, nos ayudáis a conseguir la tan ansiada conciliación. Contribuís a mejorar nuestra vida ;(

    Un abrazo!
    Inma

    en respuesta a: Simulacros Primer Examen actualizados. #332312
    inmaorts
    Participante

    Espectacular, qué gran trabajo hacéis!

    en respuesta a: Competencia artículo 8.3 LJCA #330646
    inmaorts
    Participante

    Hola Ana María, gracias, ¿podrías por favor explicarme por qué sería competencia del TSJ?

    Gracias!

    en respuesta a: Plazo 1 mes artículo 704 LEC #329964
    inmaorts
    Participante

    Ok, gracias, Baldo, queda claro!!

    en respuesta a: Competencia Contencioso Administrativo #329527
    inmaorts
    Participante

    Hola Ana,

    Sí, comprendo la diferencia entre primera y única instancia, mi duda está en distinguir dentro de las competencias del Juzgado Contencioso-Administrativo cuáles de ellas son en primera y cuáles en única.

    Saludos,

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