Buenas noches, me ha surgido una duda sobre el registro civil. En el caso de que un ciudadano alemán que viniese a España por motivos de turismo, sin estar nacionalizado como español y que muriese aqui repentinamente, sería obligatorio inscribir su defunción en el Registro Civil?, o sería obligatorio inscribirlo en el Registro Consular?.
Mi otra duda sería en el supuesto de que un ciudadano alemán afincado aqui en España, con su nacionalidad española, muriese aqui, en este caso si sería obligatorio inscribir su defunción en el Registro Civil no? y optativo inscribir su fallecimiento en el Registro Consular no?. Creo que son situaciones que de cara al examen nos pillarian un poco descolocados. Gracias. Saludos.