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Respuestas de foro creadas

Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • en respuesta a: inembargabilidad #298724
    mpedrosag
    Participante

    Lo encontré en “buscaoposiciones”, en el foro de las oposiciones de justicia. Espero que te sirva de ayuda. Un saludo!!

    en respuesta a: inembargabilidad #298722
    mpedrosag
    Participante

    “Además de lo que consta en la LEC.
    Según las leyes y jurisprudencia, son bienes declarados inembargables:
    1° Los bienes del Patrimonio del Estado (art. 18 Ley 15-4-1964).
    2° Los bienes del Patrimonio Nacional (art. 6 Ley 16-6-1982).
    3° Los bienes de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos (Ley de Régimen Local de 2-4-1985).
    4° Los derechos, fondos, valores y bienes de la Hacienda Pública (RD 1091/1998).
    5° Los montes de dominio público forestal (art. 14 Ley 43/2003, de Montes).
    6° Las concesiones de autopistas de peaje (art. 28 Ley 10-5-1972).
    7° Los recursos mineros (Ley de Minas 21-7-1973) y los hidrocarburos pertenecientes al Estado (art. 65 Ley 27-6-1974).
    8° Las concesiones administrativas de servicios públicos de viajeros por carretera y las explotaciones ferroviarias de transporte público (arts. 86 y 53 Ley 30-7-1987).
    Las certificaciones de obra, en general y por declararlo así el art. 47 párr. 3° de la Ley de Contratos del Estado, reproducido en el 145.1° del Reglamento de Contratos del Estado, no pueden ser embargados sino solamente con destino al pago de jornales devengados en la propia obra o al de cargas sociales derivados de los mismos (STS 11-4-1988); norma que no conculca el principio de igualdad, según STC 27-5-1993. Esta sentencia declara que las certificaciones de obra son títulos que incorporan un derecho de crédito del contratista frente a la Administración con arreglo a los cuales puede ésta verificar abonos, parciales o provisionales, del contrato a fin de facilitar, desde el punto de vista financiero, la mejor ejecución y conclusión de las obras. De ahí la inembargabilidad de estos anticipos del pago, pues esta diferenciación a la hora de le ejecución forzosa está inequívocamente orientada a propiciar la mejor realización y conclusión de la obra pública, finalidad que da sentido a la misma certificación de obra y que quedaría frustrada, como es notorio, si la misma o su importe se aplicasen a satisfacer cualquiera otros débitos del contratista. Con lo que, como se razonó en el auto de 10-2-1995 de la AP de Madrid, cuando no exista riesgo ni temor de que la obra pública no va a ser realizada o concluida, desaparece la razón del precepto que limita la ejecución de dicho título.
    9º Los bienes de dominio público destinados al uso o servicio público y los bienes comunales de las entidades locales (Ley 7/1985, de 2-4) así como los montes vecinales (art. 2 de la Ley 55/1980, de 11-11). Los bienes patrimoniales del Estado, de las Comunidades Autónomas y las entidades locales, si bien son inembargables, la STC 166/1998, con relación al art. 154.2 de la LHL, declaró la inconstitucionalidad y nulidad del inciso «y bienes en general» del apartado mencionado en la medida en que no excluye de la inembargabilidad los bienes patrimoniales no afectados a un uso o servicio público, puesto que tal privilegio no puede considerarse razonable desde la perspectiva del derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales firmes. Ver al respecto las SS del mismo TC 201/1998, de 14-10 y 211/1998, de 27-10. El TS en el A de 18-6-1998 declaró la embargabilidad de derechos, fondos, valores y bienes de un organismo público -Servicio Andaluz de Salud- por atentar su pretendida exclusión de la ejecución al principio constitucional de igualdad proclamado en el art. 14 de la CE. En el mismo sentido el auto del mismo Tribunal de 24-9-1999.
    10º El dominio público hidráulico. Ley de Aguas 1/2001, de 20-7 y Ley 10/2001, de 5-7, del Plan Hidrológico Nacional, modificada por la Ley 11/2005, de 22-6.
    11º El dominio público marítimo-terrestre (Ley 22/1988, de 28-7).
    12º Cualquier otro bien que expresamente se declare inembargable por disposición legal.
    Saludos y suerte”
    [b]Esto lo ha colgado un alma caritativa en otro foro. Me limito a compartirlo.Ojalá tuviera yo este dominio!![/b]

    en respuesta a: para cuando tramitacion libre? #298466
    mpedrosag
    Participante

    Y para gestión libre? Hay alguna fecha oficiosa? Se sabe si será antes o después del verano? Me tengo que poner las pilas y necesito una fecha a la que agarrarme…

    en respuesta a: calculo nota #298437
    mpedrosag
    Participante

    Muchas gracias, Petal!! Ya la he encontrado. Ahora me tomaré una tila antes de corroborar mis resultados. Hasta luego. Un saludo y ánimo de nuevo.

    en respuesta a: calculo nota #298435
    mpedrosag
    Participante

    Gracias Petal. Pero dónde la has visto? Yo acabo de entrar y no he sido capaz de encontrar ni las plantillas oficiales de Gestión y Tramitación por pormoción interna…
    Por cierto, no te agobies porque estoy segura de que has pasado este examen y para el práctico si que va a ser necesario comprender la materia y saberla en profundidad.. Ahí llevas una ventaja cualitativa gracias a tus años de estudio y preparación.

    en respuesta a: bolsa de interinos por hacer el exam #298457
    mpedrosag
    Participante

    Hola:
    Yo lo hice en Sevilla. En un principio dijeron que podíamos entrar en bolsa con sólo presentarnos a este examen, pero ante nuestra desconfianza, fueron a preguntar al Tribunal y éste contestó que primero había que pasar el examen. Espero haberos ayudado.

    en respuesta a: calculo nota #298433
    mpedrosag
    Participante

    Hola:
    Estoy más nerviosa ahora que antes y durante el examen! La verdad es que aunque salí preocupada, porque había preguntas cuya respuesta recordé en cuanto crucé la puerta, las respondí todas y al final no me ha ido nada mal. He sacado 81,25. Estoy, como todos, a la espera del corte.
    Me gustaría saber qué pasa cuando anulan una pregunta, porque en Edito Digital dan por nula la pregunta 41 por corresponder a la redacción anterior de la ley y no sé, si realmente es así, cómo afecta al cálculo de la nota. Si algún opositor más experto pudiera decírmelo… Gracias y enhorabuena a todos.

    en respuesta a: Tan cerca… #298214
    mpedrosag
    Participante

    Hola a todos!!
    Yo estoy empezando a ponerme histérica.
    Reconozco que me he obsesionado con los temas nuevos, que son los que peor llevo con diferencia, pregúntandome si preguntarán mucho, qué preguntarán… A mí me parecen menos importantes pero Adams ha enviado un comunicado a sus alumnos recomendándoles que se los estudien. Imagino que tan cerca del examen es inutil reparar mis errores pasados pero…
    Enfin, suerte a todos y recordad que esto sólo acaba de empezar!!

    en respuesta a: Segundo examen de gestión #298064
    mpedrosag
    Participante

    Muchísimas gracias, b.g.
    Pensarás que soy una optimista. Ojalá. La verdad es que me preocupaba centrarme demasiado en estudiar para el tipo test y que luego, en el hipotético caso de que aprobara, no me diera tiempo preparar los temas para desarrollo, pero si casi seguro son para después del verano, seguiré dedicándome al test.
    Un saludo.

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