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Respuestas de foro creadas

Viendo 9 entradas - de la 16 a la 24 (de un total de 24)
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  • en respuesta a: REGISTRO CIVIL #302102
    Mishell
    Participante

    1) En los Registro Civiles se puede tramitar y resolver, por ejemplo, un expediente donde alguien pidió cambio de apellidos. Éstos serán tramitados y resueltos por el Juez de Primera Instancia al que esté adscrito ese registro de Juzgado de Paz.

    2) En el artículo 105 del Reglamento del Registro Civil, en su párrafo 5º dice que “el Ministerio de Justicia podrá establecer la encuadernación posterior de las declaraciones numeradas y selladas y que éstos tomos deberán comprender 300 folios”. Creo que no existe un criterio o límite sino el de los 300 folios, imagino que por fuera pondrán “del 301 al 600”.

    3) Creo que se refiere al hecho de practicarse una tutela o al cambio de titularidad de un patrimonio, figurará el nombre que existía antes de hacer este acto.

    4) Me parece que sólo se toma en cuenta el primer apellido de cada uno.

    5) No lo sé, a ver si otra persona nos ayuda.

    6) Creo que se refiere a la entrega de “algo” que justifique se ha hecho esa entrega o solicitud. Se me ocurre como ejemplo, una persona viene al Registro Civil a solicitar una partida de nacimiento de su tataraabuelo y necesita, no solo que se la busquen, sino constancia de la solicitud por lo que sea ….. puffff, seguro que a otras personas se les ocurre un ejemplo más lógico o realista jejejeje.

    7) Entiendo lo mismo que tú.

    8) No la se.

    Siento mucho no poder ayudarte con respuestas más completas.

    en respuesta a: Suspensión de empleo y sueldo #302009
    Mishell
    Participante

    Sobre los funcionarios te habla en la LOPJ en su artículo 511 y el R.D 796/2005.

    Sobre los secretarios seguro que en su reglamento (RD 1608/2005) y en la LOPJ a partir del artículo 468.

    en respuesta a: RECURSOS NO DEVOLUTIVOS EN PENAL Y CIVIL #302070
    Mishell
    Participante

    Hola Vaelico,

    Me pillas con esta pregunta y como me haces dudar la subo a ver si otra persona nos lo explica.

    en respuesta a: carta derechos del ciudadano #301826
    Mishell
    Participante

    No la consigo publicada en el BOE, luego ¿devía publicarse aunque tratáse de una carta? nose … En la pagina del Ministerio de Justicia te habla de ella, tienes disponible un pdf para consultarla pero nada más.

    Lo siento por no poder ayudarte de forma más concreta.

    en respuesta a: Litisconsorcio necesario #301816
    Mishell
    Participante

    Creo que es porque lo clasifican en dos grupos:

    Litisconsorcio necesario: cuando la ley exige la presencia de todas las personas a las que les pueda afectar la resolución.

    Litisconsorcio facultativo o voluntario: cuando la ley no exige lo arriba dicho.

    en respuesta a: UNION EUROPEA #301819
    Mishell
    Participante

    En la página oficial dice que son 785 eurodiputados los que conforman la 6ª legislatura, que entiendo es la actual.

    Te dejo el enlace: [url=http://www.europarl.europa.eu/members/expert.do?language=ES]http://www.europarl.europa.eu/members/e … anguage=ES[/url]

    en respuesta a: Juicio de faltas #301822
    Mishell
    Participante

    Hola Lourdes, creo que al no estar expresamente recogido en la ley se aplicará lo establecido en el artículo 964.

    en respuesta a: TUTORÍA PENAL, HOY A LAS 22,15 HORAS #301612
    Mishell
    Participante

    No consigo entrar, te tomaré la palabra e intentaré entrar preparada para otra oportunidad.

    Buenas noches

    en respuesta a: TUTORÍA PENAL, HOY A LAS 22,15 HORAS #301610
    Mishell
    Participante

    Hola

    quisiera ver esta sesión y me preguntaba si debía ser alumno vuestro. No se si me lo permitís ni que debo hacer. Soy de canarias y necesito coger el hilo para animarme y seguir estudiando. Me podrías orientar?

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