Solicito aclaración sobre el siguiente párrafo del tema 26 correspondiente al punto de “Sentencias dictadas en procesos promovidos por asociaciones de consumidores y usuarios”.
“…En las sentencias estimatorias de una acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios el Tribunal, si lo estima procedente, y con cargo al demandado, podrá acordar la publicación total o parcial de la sentencia o, cuando los efectos de la infracción puedan mantenerse a lo largo del tiempo, una declaración rectificadora…”