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19 mayo, 2009 a las 5:38 pm #355140
lito
ParticipanteHola Cr, sobre la pregunta 21 de LOFAGE, está relacionada con la pregunta 39 oficial del año 2004, me parece. La opción b y d, la saco de esta disposición de LOFAGE, pero la opción a, no tengo ni idea, y la opción c, dice que las disposiciones administrativas agotan la vía administrativa. En el artículo 107.3 de la ley del procedimiento, dice que “Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa”, ¿qué significa esto, qué las disposiciones administrativas agotan la vía administrativa?. ¿Es de este artículo de donde sale esa respuesta, o de otro?
Gracias por todo, un saludo.
19 mayo, 2009 a las 6:12 pm #355141Academia Opositas
ParticipanteHola de nuevo, Fatiportuense:
lo primero disculparme por el principio de tu anterior mensaje no lo entiendo bien dado que la respuesta correcta es la A y cuyo contenido (aunque con algún cuerpo más) es el indicado en la LOFAGE.Sobre el hecho de que no quepa recurso en vía administrativa es lo mismo que si nos dicen que se ha agotado la vía administrativa, es decir, que si queremos continuar tenemos que plantear un “[b]recurso contencioso-administrativo[/b]”
Un saludo
19 mayo, 2009 a las 6:25 pm #355142lito
ParticipanteHola. ¿Cómo que la correcta es la a) la del examen oficial?. Yo tengo la plantilla, y pone que es la d). Además, que comprobándolo con dicha disposición de la LOFAGE, la d) tiene que ser la correcta.
Gracias, lo demás lo he entendido. Por cierto, menuda pregunta más rebuscada, estando el contenido en una disposición.
Edito. Creo que pensaste que me refería a la pregunta del test, no al examen, por eso no me entendiste. Si es así, entonces la a) ¿es algo inventado?, y la c) ¿sale del artículo que te puse de la ley del procedimiento?
21 mayo, 2009 a las 10:48 pm #355143lito
ParticipanteLo subo.
22 mayo, 2009 a las 6:41 pm #355144Academia Opositas
ParticipanteHola Fatiportuense:
es que pensaba que te referías al examen del 2008 (donde la A también es correcta) y te refieres al examen del 2004.Si no me equivoco sólo queda la respuesta A de dicha pregunta 39 del examen del año 2004 que nos dice que agotan la vía administrativa los actos emanados de los máximos órganos de dirección unipersonales o colegiados de los organismos públicos. Esto lo podemos encontrar en la disposición adicional decimoquinta, en su apartado 3, de la LOFAGE.
Espero haberte ayudado y disculpa el “jaleo” anterior.
Un saludo22 mayo, 2009 a las 7:03 pm #355145lito
ParticipanteHola Cr, estaba la respuesta en la misma disposición que para las demás opciones, y no me había dado cuenta. Ya tengo clara la pregunta.
Por otro lado no sé a qué pregunta te refieres del examen del año 2008, que también es la repuesta A.
Gracias, y un saludo.
22 mayo, 2009 a las 7:11 pm #355146Academia Opositas
ParticipanteMe refiero a la pregunta 20 del año pasado, la que anularon, cuando hablábamos de que tanto la respuesta A como la D son correctas.
Un saludo
22 mayo, 2009 a las 7:12 pm #355147lito
ParticipanteAh, ok.
16 junio, 2009 a las 5:33 pm #355148canario_04age
ParticipanteBueno tengo una duda que la tengo y nadie me ha dado una respuesta cierta:
En caso de que en una pregunta tipo test como esta: En caso de que no se dicte resolución de un recurso extraordinario de revisión dentro del plazo establecido al efecto, ¿Cuál será el sentido del silencio administrativo?:
Sólo voy a poner dos respuestas porque las otras dos se descartan por sí solas ya que ponen positivos. Mi duda viene en estas dos alternativas de respuesta
a)Negativo, como regla general
B) Negativo en todo caso.Yo he respondido la b porque tenía entendido eso que siempre es negativo, alguien me puede aclarar si estoy en lo cierto y si no porque es la a.
Muchas gracias.16 junio, 2009 a las 7:05 pm #355149Aniki
ParticipanteHola canario,
pues yo pienso que es la b ya que con la a parece que exista la posibilidad de que el silencio pueda ser positivo y no es así ya que solo puede serlo en caso de recurso de alzada y por el motivo que marca la ley, que no se aplica al extraordinario de revisión.
A ver si Cr puede confirmarlo.
Un saludo 😀
18 junio, 2009 a las 6:56 pm #355150Academia Opositas
ParticipanteHola Canario_04age y Aniki:
vamos recopilando la información que nos ofrece la ley 30/92:
1. el artículo 43.2 nos habla del silencio administrativo y al final de dicho apartado se indica que:
“… en los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones el silencio tendrá efecto desestimatorio”
Un recurso no es otra cosa que la impugnación de una resolución por lo que ya sabesmos que dicho silencio va a ser “[b]negativo[/b]”.
2. Más adelante hay una excepción con el recurso de alzada pero si nos ceñimos a la pregunta que nos habla del “recurso de revisión” no encontraremos ninguna excepción por lo tanto, en mi opinión, siempre será “[b]negativo[/b]” y por lo tanto es correcta la respuesta B.
3. En el apartado que hacíamos referencia antes del artículo 43.2 se dice en las excepciones que “el silencio tendrá efecto desestimatorio” no que “podrá tener” que es lo que daría como correcta la respuesta A.
Espero haberos ayudado.
Un saludo18 junio, 2009 a las 7:58 pm #355151lito
ParticipanteHola, ¿me pueden explicar lo del silencio negativo, ya que en dicho artículo no hacen referencia por ningún lado a lo de “negativo”?. Creo que es la primera vez que veo eso de negativo, y ¿también hay positivo?. Gracias.
Me he dado cuenta ahora, ¿con negativo se refieren a desestimado y positivo a estimado?
18 junio, 2009 a las 8:33 pm #355152Academia Opositas
ParticipanteAsí es, Fatiportuense.
Al hablar de negativo nos referimos a desestimado.
Por eso lo indicaba entre comillas porque el término no es que nos indica la ley.Un saludo
18 junio, 2009 a las 9:03 pm #355153lito
ParticipanteVale, gracias, me di cuenta después, pero prefería que me lo confirmaras.
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