-
AutorEntradas
-
6 marzo, 2007 a las 10:19 am #347296
murcia27
Participanteholaa a ver si me podeis desliar… por que todavía después de estudiarme 20 veces el tema de las Cortes Generales.. todavía me hago lios…. 😥
Con lo que llevo estudiado ya tenia claro que los [u]proyectos de ley [/u]los aprueba el [u]Consejo de Ministros [/u]no? que los somete al Congreso y estos al Senado….es decir,…. que el Congreso y el Senado lo que aprueban es la ley, NO el proyecto de ley no? (por que ademas pone que el Rey sancionará en el plazo de 15 dias las[u] leyes aprobadas[/u] por las Cortes Generales)
Pero entonces ( en la página 7 del tema 3) pone que las cámaras podrán delegar en las “Comisiones legislativas permanentes” la aprobación de proyectos o proposiciones de Ley. ¿Pero la aprobación del proyecto de ley no la hace el consejo de Ministros ?? 😕
una ayudita…graciaas 😉
6 marzo, 2007 a las 11:14 am #347297Academia Opositas
ParticipanteBuenos días murcia!!!!
El texto que aprueba el consejo de ministros continúa siendo proyecto de ley hasta que lo aprueban las cámaras, es decir, el congreso y el senado pueden introducir cambios en el mismo.Iniciativa legislativa: art87.1:
-El Gobierno, el proyecto de ley es aprobado por el Consejo de Minitros y lo introduce a través del Congreso.
-El Congreso, ha de ser presentada por un grupo parlamentario o por 15 diputados y se denomina proposición de ley.
-El senado, ha de ser presentada por un grupo parlamentario o por 25 senadores y se denomina proposición de ley.
-Iniciativa popular, art87.3.Por lo tanto las cámaras podrán delegar en las Comisiones permanentes legislativas, la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. Siempre que no se trate de reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presuspuestos Generales del Estado. art75.(el consejo de ministros aprueba el proyecto de ley cuando es el gobierno el que ejerce la iniciativa legislativa). Al menos yo lo entiendo así.
Espero haberte ayudado
saludossssss6 marzo, 2007 a las 6:56 pm #347298murcia27
Participanteahh ok muchas gracias nano83 😉
entonces lo que se refiera a presupuestos, reforma constitucional etc, le corresponde al consejo de ministros no? es eso?
❓ 😛
6 marzo, 2007 a las 7:12 pm #347299Academia Opositas
ParticipanteNo me refiero que el Consejo de Ministros aprueba los proyectos de ley cuando es el gobierno el que en virtud del artículo 87 ejerce la iniciativa legislativa.
saludosss
6 marzo, 2007 a las 8:15 pm #347300murcia27
Participanteok graciaaas 😆
6 marzo, 2007 a las 8:32 pm #347301Academia Opositas
Participante… Hola Murcia,
… A la perfecta explicación que nos ha mostrado el compañero nano83, añado que las Asambleas legislativas pueden tener “inciativa legislativa” que se desarrolla en el artículo 87.2 de la C.E.
… Pero no olvidemos que las Comisiones Legislativas Permanentes lo que hacen es aprobar, según el procedimiento recogido en el Reglamento del Congreso (o del Senado, respectivamente, como ha dicho nano), lo que le presentan o, mejo dicho, le “delegan” las cámaras respectivas. Que para ello deben cumplir los requisitos del 75.3 y sin perjuicio de lo observado en la parte final del 75.2 que podría ser, parrafraseando (con los debidos respetos para los entendidos y funcionarios de Opositas) lo que nos dice el artículo 15 de la LRJ-PAC, la Avocación, que no es que sea eso pero podría servirnos para quedarnos con una idea parecida, nunca igual de lo que dice la parte final del 75.2 que he mencionado más arriba.
… Por lo tanto, murcia, ningún proyecto de ley del Gobierno podría ser una ley orgánica ya que no podría ser aprobada por una Comisión Legislativa Permanente del Congreso, por ejemplo.
… Creo que lo dicho por nano83 es de lo mejor que se puede leer para atender tu ruego.
… Saludos para todos y ánimos para todos la convocatoria de presentación de instancias está al caer en unos días.7 marzo, 2007 a las 6:56 pm #347302murcia27
Participantemuchas gracias javisan, aclarado del todo jejeje 😉
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.