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27 agosto, 2017 a las 9:32 am #326163
SONIA FAGIANI CAMUS
ParticipanteHola buenos días,
No entiendo que significa Provisión de puestos de trabajo. Entiendo muy bien lo de el sistema selectivo y la promoción interna, pero ésto no sé lo que es.
GRACIAS
Sonia27 agosto, 2017 a las 10:44 am #326164Anónimo
InvitadoBuenos días, Nadia:
Nos enconta notar que nuestros opositores están estudiando y dedicando sus esfuerzos a que su sueño se vea cumplido, la MAÑANA DE UN DOMINGO DE AGOSTO. Mis felicitaciones por ello
Vamos con la pregunta que planteas, a ver si somos capaces de resolverla
El Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
En dicha Norma se establece la forma de acceder a los Cuerpos de Justicia y respecto a la [b]provisión de puestos de trabajo[/b] viene establecida en los artículos 39 al 75 de dicho Texto Legal; en estos preceptos se establece la forma en que las plazas existentes en los Juzgados y Tribunales sean ocupadas por Funcionarios (titulares o interinos en su caso) y en realidad de eso se trata la “provisión de puestos de trabajo”, de cubrir las plazas existentes.
El artículo 40 nos indica las formas de ser cubiertas
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Artículo 40. Formas de provisión.1. La provisión de los puestos de trabajo se llevará a cabo por los procedimientos de concurso, que será el sistema ordinario, o de libre designación, de conformidad con lo que determinen las relaciones de puestos de trabajo y en atención a la naturaleza de las funciones a desempeñar.
2. El concurso consiste en la comprobación y valoración de los méritos que puedan alegarse, de acuerdo con las bases de la convocatoria y conforme al baremo que se establezca en ella.
Atendiendo a la naturaleza y funciones de los puestos cuya cobertura se pretende, el concurso podrá ser:
a) Concurso de traslado: por este procedimiento se cubrirán los puestos de trabajo genéricos.
b) Concurso específico: por este procedimiento se cubrirán los puestos de trabajo singularizados.
3. Los puestos de trabajo podrán cubrirse temporalmente mediante adscripción provisional, comisión de servicio o sustitución.
4. Asimismo, y por razones organizativas, los puestos de trabajo genéricos podrán ser provistos mediante redistribución o reordenación de efectivos.
[/quote]
Todo ello es de absoluta importancia puesto que son muchas las preguntas que suelen realizar en los exámenes oficiales y por esa razón está desarrollado en vuestro temario y son objeto de muchas de nuestras preguntas, disponibles en CAMPUS OPOSITAS
Espero que se haya quedado resuelto
Saludos!
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