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subasta de inmuebles

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #320257
    esthal
    Participante

    Hola otra vez

    alguien me podría explicar este artículo? es el 662 de LEC, por mucho que lo leo y lo vuelvo a leer me hago un lío tremendo y no me entero..

    Si antes de que se venda o adjudique en la ejecución un bien inmueble y después de haberse anotado su embargo o de consignado registralmente el comienzo del procedimiento de apremio, pasare aquel bien a poder de un tercer poseedor, éste, acreditando la inscripción de su título, podrá pedir que se le exhiban los autos en la Oficina judicial, lo que se acordará por el Secretario judicial sin paralizar el curso del procedimiento, entendiéndose también con él las actuaciones ulteriores.
    Se considerará, asimismo, tercer poseedor a quien, en el tiempo a que se refiere el apartado anterior, hubiere adquirido solamente el usufructo o dominio útil de la finca hipotecada o embargada, o bien la nuda propiedad o dominio directo.

    3. En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o a la adjudicación al acreedor, el tercer poseedor podrá liberar el bien satisfaciendo lo que se deba al acreedor por principal, intereses y costas, dentro de los límites de la responsabilidad a que esté sujeto el bien.

    Gracias de antemano

    #320258
    maulloga
    Participante

    Te habla de un bien susceptible de inscripción registral, que tiene anotado un embargo y antes de ser subastado judicialmente lo adquiere un tercero, quien será tenido en cuenta en las actuaciones que haya sobre ese bien antes de su subasta y adjudicación vía judicial.
    Por ejemplo, podrá pedir que se le pongan a disposición los autos en la O.J.
    Y el aptdo. 3 te habla que el tercer poseedor podría liberar el bien de la subasta judicial haciéndose cargo de las responsabilidades pecuniarias que haya inscritas en el bien (principal, intereses, costas) que se desprendan de la certificación de cargas que conste inscrita en el Registro correspondiente.
    Un saludo

    #320259
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días
    Maulloga, estupenda la respuesta que ofreces a nuestra compañera Esthal, quien ya nos dirá si le queda aclarada la duda que plantea
    Saludos

    #320260
    esthal
    Participante

    Buenos días

    totalmente claro Baldo ya me enterado, muchísimas gracias

    Saludos

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