[u][b]Registro de la Propiedad[/b][/u]
Sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.
[u][b]Registro Mercantil[/b][/u]
Sirve para dar seguridad al tráfico mercantil publicando los datos jurídicos y económicos de las sociedades y demás personas que se inscriben en el mismo y quiénes son sus representantes.
Se inscriben los empresarios individuales, las sociedades mercantiles y demás sujetos que actúan en el tráfico mercantil. Asimismo se inscriben los actos y acuerdos de dichas personas relativas a su organización y funcionamiento.
[u][b]Registro de Bienes muebles [/b][/u](también existe)
El Registro de Bienes Muebles es un Registro llevado por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, que tiene por objeto la publicidad de la propiedad y de las cargas y gravámenes sobre bienes muebles, así como las condiciones generales de la contratación.
Se inscriben los contratos sobre bienes muebles, esto es, bienes susceptibles de desplazamiento.
Entre los contratos inscribibles figuran:
a) los contratos de venta a plazos.
b) los arrendamientos financieros (leasing).
c) otros contratos de arrendamientos (renting, lease back, arrendamientos ordinarios).
d) hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento.
e) hipoteca naval.
f) anotaciones de embargo y de demanda sobre bienes muebles.
g) compraventas ordinarias de bienes muebles.
h) cualesquiera contratos onerosos o gratuitos, intervivos o mortis causa, sobre tales bienes.
i) las condiciones generales de la contratación.
Espero haberte ayudado
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