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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #292829
    gestion
    Participante

    Hace unos días, comentando aspectos de la oposición con un compañero me comentaba algo de un proceso al que denominaba “jura de cuenta”.

    Buceo por las leyes procesales y no encuentro ese procedimiento, por lo que solicito de apc, cr ó bg a ver si pueden ayudarme, y en caso de que exista ese asunto me indiquen si es importante.

    #292830
    manolo9
    Participante

    Hola.
    Me parece que está relacionado con la tasación de costas. No te lo se explicar pero creo que algo tiene que ver.
    Esperemos que alguien nos lo explique.
    Un saludo.

    #292831
    Anónimo
    Invitado

    Voy a intentar responder al comentario de gestión y Manolo9.
    En la LECivil de 1881 existía el procedimiento al que se denominaba jura de cuenta; actualmente encontramos la nueva regulacion en el art. 34 y 35 de la Ley 1/2.000 de Enjuiciamiento Civil.

    La situación sería que al terminar el proceso el cliente no ha abonado las sumas correspondientes a la cuenta del Procurador y/o honorarios del Letrado. De esa forma, cualquiera de dichos profesionales interpone un proceso contra su propio cliente, instándole al pago de las sumas reclamadas.-

    No se pueden incluir dichas sumas en la tasación de costas, pues esta sería para el abono por la parte contraria.

    Figura procesal parecida la encontramos en el art. 29 de la referida Ley, denominado PROVISION DE FONDOS; la diferencia es que en este caso el proceso aún está en marcha.

    Espero que en junio ó julio realicemos tests de esta materia, pues en los diferentes exámenes realizados hasta ahora en el extinto cuerpo de Oficiales, se repetían preguntas de estos procesos.

    Espero haberlo aclarado.

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