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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #325280
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días.

    En las categorías por las que se acceden a formar parte del CGPJ, nos dice miembro de la carrera judicial o abogados y juristas de reconocida competencia. De memoría está muy bien pero un abogado o jurista no entiendo como no forma parte de la carrera judicial??? entonces lo que no entiendo es quienes son los que la forman.

    Mil gracias

    #325281
    Flaracan16
    Participante

    Buenos días Xugus23,

    El acceso a la Carrera Judicial está regulado en los artículos 301 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y se basa en los principios de mérito y capacidad, vamos, por oposicion.

    Las tres categorías de la carrera judicial son.
    1. Magistrado o Magistrada del Tribunal Supremo.
    2. Magistrado o Magistrada.
    3. Juez o Jueza.

    Espero haberte ayudado.

    Saludos.

    #325282
    Flaracan16
    Participante

    Perdón, por oposicion para la tercera categoría, Juez.
    Al resto de categorías se accederá según las condiciones que diga la LOPJ.

    #325283
    VDORADOA
    Participante

    Flacaran,
    Entiendo tu respuesta, pero a lo que me refiero es al acceso a CGPJ, y lo que me lia es el tema de abogados y jueces, que yo los creo que son también juristas.

    Mil gracias

    #325284
    pilarricky
    Participante

    Buenos días, xugus23:

    En un sentido amplio el término “jurista” designa, según el [i]DRAE[/i], a las personas que ejercen una profesión jurídica (por tanto incluiría a jueces).

    Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que la LOPJ, en cuanto al acceso al CGPJ, distingue entre:

    -El [b]turno judicial[/b]: incluye solamente a los miembros de la carrera judicial, jueces y magistrados [u]en servicio activo[/u].

    -El [b]turno de juristas[/b]: en que [u]no[/u] están incluidos los jueces ni magistrados (con la excepción de los que no se encuentren en servicio activo y tengan más de 15 años de experiencia profesional, estos a pesar de ser jueces o magistrados sí entrarían por el turno de juristas).

    Espero que te haya quedado más claro.

    Saludos

    #325285
    Flaracan16
    Participante

    Hola Xugus23,

    Jurista es toda persona Licenciada en Derecho y que ejerce una profesión juridica.

    Asi pues, los magistrados y los jueces son juristas, pero mientras esten en activo pertenecen a la carrera judicial, y no se les exige experiencia (puede que un juez haya aprobado la oposición nada mas terminar la carrera de Derecho y no tengan experiencia).

    Los abogados tambien son juristas, como tambien lo son los procuradores, los fiscales, los secretarios judiciales…. pero para acceder al CGPJ, los juristas deben tener más de 15 años de experiencia.
    Esta experiencia tambien se la exigen a los Jueces y Magistrados que no se encuentren en activo, porque en este caso no estan perteneciendo a la carrera judicial.

    Espero haberte servido de ayuda.

    Saludos.

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