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17 junio, 2009 a las 11:38 am #304478
vereda
Participanteeste supuesto me esta planteando varias dudas entre ellas una quecreo que se comento en elforo, la pregunta 7 donde dice Al no encontrarse el demandado en el momento del requerimiento, ést acto se entenderá con:
a)el emleado del demandado, al se mayor de 14 años
b)no se practicará el requerimiento eneseacto por inpedirlo laley
c) se prescindirá del requerimiento si el equejutante lo solicita
d) se practicará el requerimiento por medo de edictosse da por buena la c)
Estamos ate un supuesto de una ejecución de un prétamo concedido mediante escritura notaria por un determinado importe, en ningún momento se dice que sea una ejecución hipotecaria parece más bie une ETNJ, aunque en la escritura de prestamo se constituye primera hipoteca sobre una finca.No entiendo porque es esa contestación.
Otra es la pregunta 17 que hace referencia a la terceria de meor derecho que presenta la entidad UNICAJA
Frente a la decisión de dicha terceria, cabeinterponer:
a)Recurso de apelación
b)recurso de resposición
c)ningún recurso
d)ninguna respuesta es ciertaSe da por buena la a)
Por mucho quehe mirado la ley no dice nada de qeu se pueda recurrir, solo en los comentarios que yo tengo se dice que se puede llegar a recurrir en casaciónSi alguien fuera tan amamble de acalrarme estos puntos
Gracias17 junio, 2009 a las 12:15 pm #304479kieroaprobar
ParticipanteCon la primera pregunta no te puedo ayudar porque no tengo ni idea.
Con la segunda creo que es parecido a lo que me paso a mí en un test que hice la semana pasada. La pregunta de mi test era: contra el auto de admisión de la demanda cabe:
a) reposición
b) apelación sin efectos suspensivos
c) queja
d) no cabe recurso
Yo pensé en el art que regula el auto de admisión de la demanda y como no dice nada de ningún recurso contesté la d) pero la respuesta correcta es la a) porque cabe resposición contra las providencias y autos no definitivos (como es el caso). A veces lo más dificil es relacionar unas cosas con otras.En tu caso la tercería de mejor derecho puede terminar por setencia o auto y cabe apelación contra las sentencias dictadas en toda clase de juicio, los autos definitivos y aquéllos otros que la ley expresamente señale.
Espero haberte ayudado, siempre salvo mejor opinión
17 junio, 2009 a las 12:31 pm #304480vereda
ParticipanteMuchas gracias yo suponia como tu que al tramitarse por el juicio odinario y al aabar por sentencia cabria apelación lo que pasa es que la ley en cuanto a ese respecto no es muy clara por lo qeu tendremos que estarnos a cada caso concreto y a las generales de la ley como seria e neste caso. En cuanto a la primera yo sigo dandole vueltas a la cabeza.
17 junio, 2009 a las 3:00 pm #304481Eulalia
ParticipanteYo no puedo ayudarles mucho porque no tengo esos supuestos pero me surge una duda con la tercería de mejor derecho , yo creía que siempre acababa con sentencia, no es así?
En cuando a la segunda pregunta Vereda pienso que es como dice kieroaprobar , si es una sentencia cabe apelación.
En cuanto a la primera pregunta , yo sé que el requerimiento de pago es necesario cuando no sean sentencias o resoluciones judiciales y arbitrales, y sí los es cuando no son sentencias o resoluciones judiciales o arbitrales.Entonces en el caso que comentas parece que por ser una resolución no judicial(escritura)sería necesario el requerimiento de pago no? Entonces lo que dice la ley es que el requerimiento de pago se hace en el domicilio que figure en el título ejecutivo.A petición del ejecutante, podrá hacerse además en cualquier lugar en que el ejecutado pudiera ser hallado incluso de manera accidental.Si no se encuentra el ejecutado en el domicilio(es esto lo que sucede)se podrá practicar el embargo si el ejecutante lo solicita, sin perjuicio de volver a intentar el requerimiento de las formas que dice la ley, osea entrega de la resolución o cédula o en su caso comunicación edictal.Con lo cual yo diría la d.
A ver si alguien lo aclara.17 junio, 2009 a las 7:15 pm #304482vereda
ParticipanteEulalia creo que si que tienes que tener tu este supuesto ya qe comentastes algo en el foro de él, sobr todo cuando hicistes alusión a lo de la casa de la mujer que como se la habia comprado antesdel matrimonio orque o era ganancial.
Y si todas las tercerias de mejor derecho siguen el procedimiento ordinario y acaban por sentencia a diferencia de las de mejor derecho.
No dice en el supuesto que sea una ejecución hipotecaria peo lo parece, ya que es una ejecución de un préstamo que fue concedido medante una escritura notarial por un Banco y dice que en la escritura de préstamo se constituye primera hipoteca sobre una finca X valorandose a efectos de subasta en 34.000 euros.
El artº 581 dice cuando procede el requerimiento de pago cuando se funden en titulos no judiciales como es la primera parte del supuesto.
en el punto2. del citado artº dice que no se practicar´el requerimiento establecido en elapartado anterior cando al a demadna ejecutiva se haya acompañado acta notarial qu acredite haberse requerido de pago al ejecutado con al menos 10 dias de antelación.
Sien embargo el art 686 establece el requerimiento de pago cuando se trate de una ejecución hipotecaria.
Este supuesto parece ser mas lo que no dice que lo ue dice.
Lo que no entiendo porque se da por buena en la 7 la C) se precindirá del requerimiento si elejecutante lo solicita
Es que ya se ha efectuado extrajudicialemnte?, pero el supuesto nada dice, deno ser asideberia de practicarse con el ejecutado de hallarse si no es asi con el hipotecante no dudor, o tercero poseedor, o bien el pariente más próximo, familliar o dependiente mayores de catorce años que se hallaren en la ahbiatación……,
en este caso la respuesta seria la a)
Que decis?17 junio, 2009 a las 7:36 pm #304483Eulalia
ParticipanteSi es el supuesto 9 y forma parte de la unidad didáctica 2 no lo tengo porque solamente compré la unidad did. 1, lo que pregunté en el chat era del supuesto num.1, puede que como salen preguntas parecidas creyeras que sí lo tengo.Yo estoy con lo que dices de que parece una ejecución hipotecaria por los datos que dan.Pero si no te dice nada sobre que se ha practicado ya requerim.extrajudicial no podemos saberlo no?En caso de que ya se hubiera hecho extrajud. es cuando no se practicaría , pero la ley no dice nada de que si lo solicita el ejecutante, con lo cual no entiendo por qué es correctala c.En cuanto a la que dices tú, la a, creo que no podría ser correcta porque se supone que es el requer.extrajud. el que se practica si no está el interesado con el pariente,empleado,etc.
Vaya lío, a ver si en la próxima tutoría Baldo lo aclara…. -
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