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Duda sobre ejecución.- art. 544 LEC.- Entidades sin personalidad jurídica

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • #328926
    Ana-Maria
    Participante

    – El art. 544 LEC habla de las entidades sin personalidad jurídica, ¿cuando habla de este tipo en entidades se está refiriendo a sociedades irregulares?

    [color=orange][b]Una entidad sin personalidad jurídica[/b], puede ser por ejemplo una comunidad de bienes, que es una asociación de diferentes personas que deciden poner en común sus bienes para realizar una actividad.
    Mientras que en general, la expresión [b]sociedad irregular[/b] se refiere a la sociedad que no observa los requisitos legales para su constitución, es decir, la sociedad que no ha cumplido las formalidades constitutivas, por ejemplo, no estar inscrita en el Registro.[/color]
    Un saludo

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