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3 agosto, 2010 a las 11:57 am #308566
hermione
ParticipantePara poder promocionar se exigen dos años en el cuerpo inmediatamente inferior pero esos dos años ¿desde cuando cuentan? ¿desde la toma de posesion o desde la fecha de la resolución en la que se les adjudica destino?gracias…
3 agosto, 2010 a las 1:36 pm #308567angeles115
ParticipanteHola HERMIONE
-El art. 33 del REGLAMENTO DE INGRESO, PROVISIÓN de PUESTOS DE TRABAJO y PROMOCIÓN PROFESIONAL del personal al servicio de la Administración de Justicia dice:
Artículo 33. Requisitos de participación.
Para participar en las pruebas de promoción interna, los funcionarios deberán poseer la titulación académica requerida para el acceso a los cuerpos o especialidades de que se trate,[b][u] tener una antigüedad como funcionario de carrera de al menos dos años en el cuerpo de titulación inmediatamente inferior al que se pretende acceder el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación[/u][/b], y reunir a esa fecha los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al cuerpo, manteniéndolos hasta la fecha de toma de posesión. A efectos del cómputo de antigüedad se tendrá en cuenta la que tengan acreditada en el Cuerpo de Auxiliares o Agentes de la Administración de Justicia o, en su caso, en la Escala de Técnicos Especialistas o la Escala de Auxiliares de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en función del cuerpo al que se pretende promocionar.-Si te fijas, el art. 33 simplemente habla de “ANTIGÜEDAD de DOS AÑOS como funcionario de carrera”.
-EN EL PUNTO SÉPTIMO de las BASES COMUNES publicadas el 19 de Mayo de 2010 se dice (entre otras cosas):
2. Para participar en las pruebas de promoción interna, los funcionarios deberán poseer la titulación académica requerida para el acceso a los cuerpos o especialidades de que se trate,[u] tener una antigüedad como funcionario de carrera de al menos dos años en el cuerpo de titulación inmediatamente inferior al que se pretende acceder el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación[/u], y reunir a esa fecha los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al cuerpo, manteniéndolos hasta la fecha de toma de posesión.Es decir, las bases comunes dicen lo mismo que el art. 33 del Reglamento de Ingreso…
-PERO la CONVOCATORIA 2010, publicada el 22 de junio de 2010, dice algo distinto por completo.
-PUNTO CUARTO:
4.2 Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán además, cumplir los requisitos siguientes:
a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, antes Auxiliares de la Administración de Justicia.
b) [u]Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, computados desde la toma de posesión, como funcionario de carrera de dicho Cuerpo[/u]La CONVOCATORIA añade la coletilla “DESDE LA TOMA DE POSESIÓN”.
Los SINDICATOS han recurrido este punto.
Puedes verlo en:
[url=http://justiciaoposiciones.blogspot.com/2010/06/promocion-interna-2010-csif-defiende.html]http://justiciaoposiciones.blogspot.com … iende.html[/url]
3 agosto, 2010 a las 1:39 pm #308568angeles115
ParticipanteCIRCULAR DOS AÑOS DE PROMOCIÓN INTERNA:
[url=https://docs.google.com/fileview?id=0B2lfl_RJVjjOODNlMjY3ZmItN2Y5MS00ZWI2LWE5NmYtN2VlYTBlOTVkZmVl&hl=es]https://docs.google.com/fileview?id=0B2 … ZmVl&hl=es[/url]
SENTENCIA SOBRE PROMOCIÓN INTERNA:
[url=https://docs.google.com/fileview?id=0B2lfl_RJVjjOMDBhNDc0NDItYjhiMi00ZjgwLWIxZjUtY2Q1N2ExNWJjM2Ex&hl=es]https://docs.google.com/fileview?id=0B2 … M2Ex&hl=es[/url]
3 agosto, 2010 a las 6:38 pm #308569hermione
ParticipanteAngeles115, muchisimas gracias por tu respuesta …duda aclarada…me estaba haciendo un lio total con el tema de los dos años para promocionar y para concursar…gracias de nuevo…
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