Planteo el siguiente supuesto:
Ejecución hipotecaria nº25/15
La demanda solicita que se saque a subasta el bien inmueble (vivienda), y se abone al actor la suma:
56.000 € (ppal)
5600 € intereses vencidos
14.000 € (intereses y costas)
Mis dudas son:
1.Es igual intereses vencidos que intereses devengados?’
2.Porque cantidad sale a subasta? (en que articulo esta??
3. En que plazo se le requiere de pago??? En el art 686 no dice nada….
4. El bien ha salido a subasta; se obtiene 100.000€, se abona el ppal y los intereses a la parte actora. Costas ascienden a 16.000€ ; al existir sobrante:
A) Se abona al actor el total a que asciende la tasación de costas
B) Se abona al actor el importe de 14.000 eros prespuestado para costas en la escritura de hipoteca, y el resto se pone a disposición de los acreedores posteriores sin que el actor pueda cobrar más de aquellos 14.000 euros.
C) Se abona al actor el importe de 14.000 € presupuestado para costas en la escritura de hipotecia, y el resto se pone a disposición de los acreedores posteriores, y de existir sobrante, el actor cobrará el resto.
D) El actor solo cobra 14.000 euros y el resto se entrega al dueño del inmueble.
Aparece un tercerista SR X y solicita la suspensión del proceso: se tramitará el correspondiente declarativo, sin suspender el proceso de ejecución?????
Yo creo que no. Pues miro art 696.2
Gracias. Saludos.