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concurso oposicion para gestión

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  • #294706
    Academia Opositas
    Participante

    se está escuchando mucho ultimamente que el ingreso en gestión procesal será por concurso oposición, me podría explicar alguien en qué consiste exactamente este sistema? Qué méritos son los que se suelen valorar para el concurso? Gracias

    #294707
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Talu:
    es muy pronto aún saber nada de cómo va a ser el examen definitivamente pero como información general me gustaría indicarte algo al respecto de los concursos.
    Como ejemplo nos puede servir la Junta de Andalucía que pronto va a sacar una nueva convocatoria mediante un procedimiento de concurso-oposición. Te copio literalmente de su última convocatoria que la fase de concurso se valorará de la siguiente forma:
    “[i]3.1. [b]Valoración del trabajo desarrollado[/b], con un máximo de 45 puntos:
    a) Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo del Cuerpo de Auxiliar Administrativo (D.1000) incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía: 0,30 puntos.
    b) Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo en cualquier Administración Pública no incluido en el apartado anterior, incluido el personal laboral: 0,20 puntos. El trabajo desarrollado se deberá justificar mediante certificado de la Administración para la que se prestaron los servicios donde conste el período, Cuerpo o categoría profesional y tipo de relación.
    c) Por cada mes de experiencia profesional distinta de la contemplada en los dos apartados anteriores en actividades o puestos de trabajo que supongan el desarrollo de tareas de contenido similar o equivalente al del Cuerpo convocado: 0,15 puntos. Esta experiencia deberá acreditarse con certificado de vida laboral y/o copia de los contratos que detallen la categoría profesional en la que se prestaron los servicios.
    En los tres supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo período de tiempo, no se valorarán las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios.

    3.2. [b]Formación[/b], con un máximo de 36 puntos:
    a) Se valorará, hasta un máximo de 6 puntos, la titulación académica de igual o superior nivel y distinta a la alegada para el ingreso en el Cuerpo, de acuerdo con la siguiente escala:
    – Por el título de Doctor: 6 puntos.
    – Por el título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 5 puntos por cada uno.
    – Por el título de Diplomado Universitario o equivalente:
    4 puntos por cada uno.
    – Por el resto de titulaciones: 3 puntos por cada una.
    La titulación académica de igual o superior nivel a la exigida para el ingreso en el Cuerpo alegada como mérito y distinta a la utilizada para el acceso al Cuerpo se justificará con fotocopia del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
    b) Se valorará, hasta un máximo de 4 puntos, el expediente académico correspondiente a la titulación alegada para acceder al Cuerpo objeto de la presente convocatoria, de acuerdo con la siguiente escala:
    – Por nota media de Matrícula de Honor: 4 puntos.
    – Por nota media de Sobresaliente: 3 puntos.
    – Por nota media de Notable: 2 puntos.
    – Por nota media de aprobado: 1 punto.
    A los efectos de este apartado y con el fin de homogeneizar las calificaciones, si alguna calificación sólo estuviese expresada en términos cuantitativos se trasladará a cualitativa en los siguientes rangos: igual o mayor que 5 y menor que 7, Aprobado; igual o mayor que 7,1 y menor que 8,5, Notable; igual o mayor que 8,5 y menor que 9,5, Sobresaliente; e igual o mayor que 9,5 y menor o igual que 10, Matrícula de Honor.
    Este mérito se acreditará con copia del título o, en su caso, certificación académica del Centro Oficial correspondiente.
    c) Se valorarán, hasta un máximo de 21 puntos, los cursos directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo objeto de la presente convocatoria, como sigue:
    – Para cursos organizados o impartidos por el Ministerio para las Administraciones Públicas, Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto Andaluz de Administración Pública, Consejerías competentes en materia de Administración Pública y Organizaciones sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua, por cada 20 horas lectivas 0,75 puntos.
    – Para cursos organizados o impartidos por organismos de la Administración Local, Servicios Públicos de Empleo y cualquier Administración Pública no contemplada en el apartado anterior, así como por Universidades y Colegios Profesionales, por cada 20 horas lectivas 0,50 puntos.
    – Para cursos organizados o impartidos por centros privados, por cada 20 horas lectivas 0,15 puntos.
    En todos los casos sólo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se repita su participación.
    Los cursos de formación y perfeccionamiento se justificarán mediante la aportación de fotocopia del título o certificado del curso donde conste la entidad que lo imparte, la materia y el número de horas lectivas.
    d) Por cada ejercicio superado en pruebas selectivas, hasta un máximo de 5 puntos:
    – 1 punto si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Auxiliares Administrativos (D.1000). El mérito de superación de ejercicios de pruebas selectivas, se acreditará mediante declaración responsable del/la interesado/a en la que identificará el número de ejercicios superados y a qué convocatoria corresponden.
    La veracidad de la citada declaración será comprobada por la Administración.
    – 0,5 puntos si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para acceder a Cuerpos homólogos al convocado en otras Administraciones Públicas. Se justificará mediante certificado expedido por los organismos competentes n el desarrollo de los procesos selectivos en las correspondientes Administraciones Públicas.
    La baremación de este apartado será excluyente con la del apartado 3.3.c) de esta base.

    3.3. [b]Otros méritos[/b], hasta un máximo de 9 puntos.
    a) Asistencia a congresos, jornadas y seminarios organizados por entidades públicas u Organizaciones Sindicales y directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo objeto de la presente convocatoria, 0,50 puntos, con un máximo de 4 puntos.
    Este mérito se acreditará con copia del certificado emitido por el Centro u Organización Sindical organizadores.
    b) Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento recogidos en el apartado 3.2.c) de esta base, directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo objeto de la presente convocatoria: por cada 20 horas lectivas 1 punto, con un máximo de 4 puntos.
    En todos los casos de participación en docencia sólo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición.
    c) Por ostentar la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo de las Administraciones Públicas en Cuerpos homólogos al de la presente convocatoria: 1 punto. La baremación de este apartado será excluyente con la del apartado 3.2.d) de esta base.[/i]”

    Espero que te sirva para hacerte una idea. Un saludo

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