Foros OPOSITAS

artículo 165 y 173 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #324124

    Buenass, haber estos dos artículos me traen loca (165 y 173), no consigo ver cual es la diferencia entre el auxilio judicial del 165 que se realizará en el plazo máximo de 20 días y si no se realiza en este plazo se le requerirá al letrado para que exprese las causas de la dilación y el exhorto del 173 que se realizará en el plazo que se señale y no se realiza dentro de este el letrado del órgano exhortante recordará al exhortado las causas de la dilación????

    Cuando en un test me mezclan estas respuestas los dos plazos y los dos supuestos en el caso que no se cumpla el plazo no se nunca que responder. Un exhorto no es pedir auxilio judicial?

    #324125
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    Los dos artículos hacen referencia al auxilio judicial, pero el 165 se refiere específicamente a los casos en que lo que se solicita mediante el auxilio judicial es la práctica de un acto de comunicación. En este caso la ley sí que menciona expresamente que el plazo para realizarlo no excederá de 20 días.

    En cambio, el art 175 hace referencia a las actuaciones que se realicen mediante auxilio judicial en general, diferentes de actos de comunicación se entiende, al estar ya éstos regulados en el art 165. Aquí la ley no especifica un plazo determinado para la actuación que se pide, lo cual es lógico porque dependerá de la naturaleza de esa actuación en concreto. En cualquier caso, de estar sometida a plazo, se expresará en el exhorto que se envíe a la Oficina judicial a la que se le encomiende esa actuación.

    Espero habértelo aclarado

    #324126

    Perfectamente, muchas gracias!!!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?