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Art. 48.4 LEY CONTENCIOSO

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #320770
    LN30
    Participante

    Buenas noches compañeros, me ha surgido varias dudas del articulo 48.4: “El expediente, [b]original o copiado[/b], se enviará completo, foliado y, en su caso, autentificado, acompañado de un índice, asimismo autentificado, de los documentos que contenga. [b]La Administración conservará siempre el original o una copia autentificada de los expedientes que envíe[/b]. Si el expediente fuera reclamado por diversos Juzgados o Tribunales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia que conserve”.

    Del artículo en cuestión saco en claro que si la Administración envia el original conservará una copia para ella, pero si en cambio envia la copia es porque obviamente conserva el original, no?. Otra duda es: a qué se refire con copia autentificada?. Es la copia con la que se debe de quedar la Administración al remitir el original?. Me parece un artículo muy lioso, a ver si alguien podría aclararmelo. Gracias. Saludos.

    #320771
    Epc00011
    Participante

    Buenos días! La Administración SIEMPRE conservará el original, por lo que siempre enviará una copia, o para el caso de que no pueda conservar el original, se quedará con copia autentificada, que significa copia autorizada por notario o compulsada por SJ. Saludos

    #320772
    LN30
    Participante

    Buenos dias, muchas gracias Epc. Saludos.

    #320773
    LN30
    Participante

    Entonces cuando se quede con original y envie una copia, esa copia que envia es simple no, o sea, normal?. Es en el caso de que no pueda conservar el original cuando se queda con copia compulsada como has dicho no?. Saludos.

    #320774
    LN30
    Participante

    Otra pregunta Epc, perdona que escriba en varios posts, pero es que se me ha pasado antes. En el caso de que la Administración tenga que remitir copia del expediente a varios Juzgados, cómo son esas copias, autentificadas o simples?. Saludos.

    #320775
    Epc00011
    Participante

    Buenos días LN30, en ambos caso la enviará autentificada junto con el índice y los documentos que contenga también autentificados. Te lo dice el artículo literalmente…”se enviará completo, foliado y autentificado”; “la Administración enviará copias autentificadas…”
    Saludos.

    #320776
    LN30
    Participante

    Buwnos dias,muchas gracias epc. Saludos

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