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Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: DUDA CONTENCIOSO #289090
    Lou
    Participante

    Hola Esthal,

    Yo no veo que sea extrapolable a los TSJ lo que establece el art. 78 para los juzgados contencioso-administrativo y centrales contencioso-administrativo en el ámbito de su competencia y en esas materias para el procedimiento abreviado. Creo que si pudiera emplearse el procedimiento abreviado en cualquier Tribunal, no especificaría el art. 78 su conocimiento por parte de estos juzgados. Simplemiente diría que por el procedimiento abreviado se conocen esas materias independientemente de que juzgado o tribunal sea competente.
    No se si ya lo he dado tantas vueltas que no seré capaz de verlo claro.
    Muchas gracias por tu ayuda.

    en respuesta a: DUDA CONTENCIOSO #289088
    Lou
    Participante

    Hola Esthal,

    Mi duda no es sobre la materia, es si en el TSJ se puede conocer de procedimientos abreviados. En el artículo 78 solo se los aplica a los juzgados contencioso-administrativo y a los juzgados centrales contencioso-administrativo

    en respuesta a: DUDA CONTENCIOSO #322882
    Lou
    Participante

    Gracias Pilarricky,
    Eso creo yo. A ver si Baldo nos lo puede confirmar!!

    en respuesta a: DUDA TEST 25 PENAL. #322668
    Lou
    Participante

    En el propio enunciado de la pregunta 82, ya aparece el artículo en el que se encuandra la pregunta, el 520. Estoy de acuerdo contigo en que la A) es la correcta, ya que el derecho es a [u]NO DECLARAR [/u]contra sí mismo. El derecho a manifestar que sólo declarará ante el Juez esta recogido en el apartado 2.a del 520

    en respuesta a: PROGRAMACION NOVIEMBRE #288962
    Lou
    Participante

    Este mes no hay una planificación para ir estudiando?????? ni para las sesiones????

    en respuesta a: VIDEOTUTORIA MODIFICACIÓN EJECUCIÓN CIVIL #321939
    Lou
    Participante

    Tenias toda la razón LN30. Tutoría buenísima, en la que en media hora desgrana todas las modificaciones de las subastas. Un fenómeno Baldo.

    en respuesta a: VIDEOTUTORIA MODIFICACIÓN EJECUCIÓN CIVIL #321937
    Lou
    Participante

    Gracias LN30.

    En mi Unidad Tutorial 6 no aparece, así que hago un llamamiento a Baldo para que nos incluya a los de PI de Tramitación esas videotutorias que también a nosotros nos pueden servir.
    Gracias

    en respuesta a: VIDEOTUTORIA MODIFICACIÓN EJECUCIÓN CIVIL #321935
    Lou
    Participante

    Hola LN30, podrías decirme donde esta esa Videotutoria.
    Gracias

    en respuesta a: Duda alegación #303034
    Lou
    Participante

    Muchas gracias por tu contestación bg.
    Si que presentaré el escrito de alegaciones junto con un nuevo modelo 790 y fotocopia de la presentada en su momento, que pediré que me compulsen. Hoy he preguntado a la Gerencia Territorial de Cataluña y también me han dicho que en el nuevo 790 he de poner la fecha de subsanación.
    Gracias de nuevo
    Lou

    en respuesta a: Para el Administrador o para quien me pueda ayudar #300870
    Lou
    Participante

    Hola,

    Yo lo solicité a esta dirección, certificado y con acuse de recibo. Tardaron unas tres semanas en enviarmelos.

    S.G. DE RECURSOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
    C/ San Bernardo, 45
    28015 MADRID

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