Respuestas de foro creadas
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cegParticipante
Buenos días, Amni:
En primer lugar muchas gracias por utilizar los foros de opositas.com para compartir con nosotros tu situación y, a la vez, nuestras felicitaciones por tu maternidad futura.
Dicho esto, hay muchas opciones si lo que pretendes es quedarte relativamente cerca de casa:
– Justicia
– Junta de Andalucía
– Ayuntamientos
….Si lo deseas nos escribes a info@opositas.com o bien al whatsapp 640-390804 y nosotros te mandaremos toda la información necesaria para que puedas tener elementos interesantes y decidir en condiciones
A la espera de tus comentarios, recibe un cordial saludo
cegParticipantecegParticipanteMás actualizaciones!
Y ahí,,, TAMBIÉN OPOSITORES DE OPOSITAS!
cegParticipanteMás actualizaciones!
Y por ahí, algunos de nuestros opositores y opositoras!
cegParticipanteHola Xugus
Efectivamente creemos literalmente lo que indicas y que el tratamiento procesal sería similar
Gracias!
cegParticipanteCreemos que esta “participación” en los foros y en la respuesta a las dudas que os plantea vuestra tutora,,, os servirá de mucha ayuda
Gracias por vuestra confianza!
Saludos de OPOSITAS
cegParticipantePerfecta, como siempre, en la respuesta!!!!!
Saludos de Baldo Gallego
cegParticipanteEfectivamente y lo hemos “trabajado” muchas veces en clase, por lo que os ruego máximo cuidado a la hora de no “caer” en ese tipo de “trampas en preguntas
Gracias “Iglesias”
Saludos de Baldo Gallego
29 diciembre, 2017 a las 1:37 pm en respuesta a: DUDA ALUSIÓN AL DECRETO DE 14 DE NOVIEMBRE DE 1958 TEMA 30 TRAMITACIÓN #326795cegParticipanteBuenas tardes
En el tema 30 de tramitación y los correspondientes en el resto de Cuerpos, hacemos mención a la legislación vigente… que en algún caso es la anterior a la Ley de 2011
A ello nos referimos, también, en la tutoría correspondiente que tenéis en vuestro campus
Saludos y a seguir!
cegParticipanteBuenas tardes
Efectivamente la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial ha sufrido muchísimas modificaciones desde su redacción inicial hasta la que actualmente nos encontramos; las que vosotras decís en este post, son algunas de ellas
Saludos de Baldo Gallego
16 diciembre, 2017 a las 10:31 am en respuesta a: LJCA: Recursos de casación para unificación de doctrina y en interés de ley #326755cegParticipanteBuenos días
Efectivamente dichos recursos fueron suprimidos y actualmente no son objeto de “trabajo” y estudio. Ciertamente el legislador no modificó algunos preceptos que hablan de ello y en consecuencia se siguen haciendo referencias a estos recursos, que no existen
Recursos
10 diciembre, 2017 a las 1:22 pm en respuesta a: Plazo de interposicion recurso de casacion penal #326718cegParticipanteHola LN
Por aplicación del artículo 873 de la LECr hemos de estar a lo dispuesto en el 859, que transcribimos
Artículo 859.
En la misma resolución en que se tenga por preparado el recurso se mandará que el Secretario judicial expida, en el plazo de tres días, el testimonio de la sentencia, con los votos particulares si los hubiere y una vez librado, el Secretario judicial emplazará a las partes para que comparezcan ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, dentro del término improrrogable de 15 días, si se refiere a resoluciones dictadas por Tribunales con sede en la Península; de 20 días, si tienen sede en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de 30, si tienen sede en la Comunidad Autónoma de Canarias o en las ciudades autónomas de Ceuta o Melilla.
Saludos!
cegParticipanteBuenas tardes
Añadimos un enlace en el que tenéis información acerca del certificado de firma digital de persona física
A lo largo de la tarde añadiremos datos de la convocatoriaDe momento recordad que tenemos 20 días hábiles para la presentación de la instancia, siendo el primer día mañana 1 de diciembre
Que podréis autorizar a la Administración a obtener los datos necesarios para acreditar la exención del pago de tasas de examen (cuidad de hacerlo bien y que reunís los requisitos)
La presentación será telemática a salvo la norma 5.3 de la convocatoria
Los exámenes (de los tres Cuerpos) se anuncian para dentro del plazo de 4 meses por lo que deberíamos pensar en 30 de marzo como final de los primeros ejercicios de los tres Cuerpos (Gestión, Tramitación y auxilio). En Opositas trabajaremos para que el GRUPO de opositores correspondiente a la OEP 2016 hayáis terminado mucho antes vuestra preparación y podamos dedicarnos a realizar supuestos de examen y repasos teórico-prácticos
Aquí el enlace del que os hablaba
Para ampliar dudas, os ruego las expongáis en este mensaje.
Gracias!
cegParticipanteEfectivamente en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal se hace mención a los “Decretos” como resoluciones que en el ejercicio de sus funciones dictará el Ministerio Fiscal
Para ello presentará, ante los distintos Órganos Judiciales, los correspondientes escritos, informes…
Es bueno que eches un vistazo a la página cuyo enlace te dejamos, porque te ayudará y además es útil
Saludos
29 octubre, 2017 a las 12:41 pm en respuesta a: Finalización de servicios de www.opositas.com #379688cegParticipanteBuenos días “mcarmensps”
Como indicamos en el mensaje, nos referimos a ADMINISTRATIVO de la JCCM por Promoción Interna cuya fase de oposición ha terminado
En lo demás seguiréis con vuestros contenidos y clases correspondientes, claro que sí
Saludos y sigamos
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