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Academia OpositasParticipante
Buenas tardes Cristina, el derecho de propiedad viene reconocido en el art. 33 de la constitución, lo que significa que esta dentro de los derechos fundamentales pero no en el grupo a los que la ce otorga especial protección. El contenido del derecho tiene una vertiente individual pero su contenido viene también delimitado por la función social. Eso significa que eL estado nos tiene que poner a todos un piso? No, corresponde al legislador delimitar su contenido esencial sin desvirtuarlo y siempre teniendo en cuenta que nos movemos en el ambito de una economía de libre mercado en que los agentes y operadores economicos son libres, y que el papel del estado es remover los obstáculos que impidan Esa igualdad, pero no más allá, y si se hace, deberá estar justificado en esa función social que se debe proteger.
Academia OpositasParticipanteEntendido,
Muchas gracias!!
9 febrero, 2019 a las 7:59 pm en respuesta a: SESIONES INFORMATIVAS DE EMPLEO PÚBLICO MES DE FEBRERO Y MARZO #290064Academia OpositasParticipanteHola!
Añadimos nuevo Centro que celebrará sesión informativa
[u]OPOSITAS ANDÚJAR[/u]
Avda. Puerta de Madrid 15, Pasaje. Andújar
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Miles de plazas a tu alcance!
Saludos
9 febrero, 2019 a las 11:36 am en respuesta a: Esquemas jurisdicción contencioso administrativo #364446Academia OpositasParticipanteDe nada!! para eso estamos, cualquier cosa me escribes. t lo mando ahora mismo al correo 🙂
9 febrero, 2019 a las 10:43 am en respuesta a: Esquemas jurisdicción contencioso administrativo #364444Academia OpositasParticipanteVale, no te los puedo subir por el tamaño. Me dejas un correo por favor y te los mando? 🙂
9 febrero, 2019 a las 8:45 am en respuesta a: Esquemas jurisdicción contencioso administrativo #364442Academia OpositasParticipanteBuenos días,
mira si puedes meterte en estos enlaces que te dejo, son dos esquemas, no sé si es la info a la que hacían mención en aquella tutoría pero creo que puede ser. Si no, hazme saber para pasarte otros 🙂
9 febrero, 2019 a las 7:33 am en respuesta a: Duda sobre tema de Transparencia (Duda movida del foro de actualizaciones) #365349Academia OpositasParticipanteBuenos días Fran!
ya he tenido tiempo de mirar temario y temas y te comento: la ley de transparencia es una ley de carácter transversal que ha de informar el funcionamiento de gobierno y administración, y desde ese punto de vista has de tenerla en cuenta en el estudio. En el tema 3 entra a modo informador, sin entrar en detalle, pero si te fijas, en el tema 6 del bloque 1 parece como epígrafe “transparencia y buen gobierno” y dentro de los principios informadores vuelve a aparecer la transparencia. Mi consejo para estudiar los temas: tenla en cuenta y menciónala cuando estemos hablando de actuación pública pero desarróllala en el tema 6 que es donde de manera explícita nos la piden.
Segunda duda: en el tema 3 comentas que no ves la materia referente a los entes públicos. En realidad el título del epígrafe sería “La Administración central y periférica del Estado. Tipos de Entes Públicos” todo entero, pues en realidad cuando estamos desarrollando la administración central y periférica estamos hablando y desarrollando los entes públicos de carácter territorial. Profundizando más allá sobre la estructura de la Administración podríamos incluir entes no territoriales, institucionales y corporativos hablando de asociaciones y fundaciones de carácter público, organismos autónomos, sociedades públicas… pero creo que para cómo está planteado el temario en tráfico tienes más que suficiente. De todos modos esa clasificación la tienes en los artículos 2 y 3 de la ley de presupuestos y art.. 84 de la ley 40/2015, échale un vistazo y si quieres profundizar avísame para que te pase material que estoy preparando para otras oposiciones 🙂
Que tengas buen finde, o buen estudio!
7 febrero, 2019 a las 5:05 pm en respuesta a: Duda sobre tema de Transparencia (Duda movida del foro de actualizaciones) #365347Academia OpositasParticipanteBuenas tardes Fran!
Soy Nuria, tutora de administrativo. Te he leído y te tengo ya en mente, pero tengo pleno en el ayuntamiento donde trabajo esta tarde y no me da tiempo a revisarte ahora tu pregunta, me dejas esta noche para mirártelo? mañana a primera hora te intento dar respuesta , vale? perdóname por la demora!
Academia OpositasParticipanteBuenas noches Cristina,
los artículos 2 y 3 de la ley presupuestaria diferencian entre el sector publico institucional y el administrativo. Los límites muchas veces, incluso en la práctica, son difusos pero lo más importante es distinguir lo que es administración propiamente dicha y sector publico. En este sentido, el sector publico es mucho más amplio que la administración, y en este sentido tenemos que tener en cuenta que muchos poderes publicos (son sector publico pero no administración) crean entes/organismos/empresas… para la consecución de sus fines (sector publico institucional).
Por otro lado esta la administración propiamente dicha y las empresas y fundaciones estatales o de carácter publico pero que no son administración como tal. Son conceptos complejos y como te digo, e incluso en la practica a veces es compleja la delimitación, pero dame un par de días para elaborar algún esquema o anotación para clarificar un poco el tema 🙂 De todos modos, cualquier duda que te surja en el estudio plantéamela para poder echarte una mano. También te tranquilizo, y es que cuando tengas una visión un poco más amplia del temario y manejes un poco más las leyes irás comprendiendo conceptos y familiarizándote con este tipo de terminología sin volverte loca 🙂
Academia OpositasParticipanteHola Cristina: el sector publico institucional al que se refiere propiamente el art. 2 de la ley presupuestaria es el que define el art. 84 de la ley 40/2015.
La principal diferencia es no confundir administración con estado, y ello aun cuando muchas veces los límites entre uno y otro son difusos. De todos modos es difícil incluso en la práctica, dame un par de días para organizar este tema de nuevo y elaborar algún esquema con anotaciones para clarificar conceptos 🙂
Academia OpositasParticipanteGracias por tu interés. Seguiré buscando y si doy con algo lo comentaré por aquí.
Un saludo.
Academia OpositasParticipanteHola, buenos días. Estoy practicando mecanografía y ando un poco perdida con las columnas. ¿Hay algún video tutorial que expliquen como se hacen?
Gracias y un saludo
Academia OpositasParticipanteBuenas noches, disculpad si he contestado dos veces, pero ante la duda, lo prefiero así. Muchas gracias por los consejos, pero no me cuadra lo de presentar la solicitud. En ninguna oposición a la que me he presentado ha habido que hacerlo. Gracias de nuevo.
Academia OpositasParticipanteBuenas noches y gracias por los consejos!! Pero qué quiere decir lo de aportar la solicitud de la oposición? Esto no me cuadra. Gracias de nuevo.
Academia OpositasParticipanteHola que tal Damen! te cuento que yo curse y la verdad tuve una buena experiencia y los precios de verdad no están nada mal. suerte y espero haberte ayudado !
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