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METODOLOGÍA OPOSITAS
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CLASES en DIRECTO
Se impartirán un mínimo de 2 clases online mensuales, con los contenidos que previamente anunciará el tutor correspondiente, todo ello accesible a través del CAMPUS de la preparación.
Dichas sesiones son grabadas y, posteriormente, subidas a los contenidos didácticos correspondientes del CAMPUS donde nuestros opositores la tendrán disponible durante todo el periodo del proceso selectivo, ¡sin límite de visualizaciones!
El acceso a las clases online en directo es un recurso para los alumnos de preparación completa en cualquiera de sus modalidades.
A través la zona CAMPUS se accederá a los recursos para asistir a las clases en directo.
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Resolución de DUDAS y ayuda organización ESTUDIO
Las Preparaciones OPOSITAS disponen en todo momento de APOYO por parte de los PREPARADORES. Entre este APOYO podemos destacar la Resolución de DUDAS y la ayuda con el PLANNING personalizado de ESTUDIO.
Podrás exponer tus dudas a tus tutores a través del Foro de la preparación: en la cual pueden plantearse las dudas que vayan apareciendo, las cuales serán respondidas por los tutores de la preparación.
A través de Mensajería directa y privada podrás consultar directamente con tu preparador todo lo relacionado sobre tu planning de estudio personalizado.
Este Cuerpo está clasificado en el Grupo C1, por lo que la titulación requerida para acceder a esta oposición es la de Bachillerato o Técnico.
En ciertos casos puede accederse a este cuerpo por promoción interna careciendo de titulación, siempre y cuando se reúnan otras condiciones.
Como Cuerpo General sus miembros desempeñan tareas administrativas de trámite y colaboración. Su actividad puede desarrollarse en los órganos centrales y territoriales de los Ministerios y de los Organismos Públicos de la Administración General del Estado.
Su sueldo, que depende de factores como la antigüedad y los complementos, oscila entre los 1.200 y 1.400 euros brutos mensuales.
OFERTAS DE EMPLEO PENDIENTES DE CONVOCATORIA
En el BOE del 29 de octubre de 2020 se publica resolución por la cual se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2020, el 28 de julio la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 y el 25 de mayo de 2022 la Oferta de Empleo públicopara el año 2022 para la Administración General del Estado. A continuación las plazas para el cuerpo Administrativo del Estado por promoción interna.
Oferta de empleo | General | Cupo Discapacidad | TOTAL PLAZAS |
2022 | 2.370 | 130 | 2.500 |
2021 | 2.845 | 155 | 3.000 |
2020 | 2.855 | 150 | 3.005 |
Total plazas | 8.070 | 435 | 8.505 |
Información sobre el proceso: pendiente de convocatoria.
OFERTA DE EMPLEO 2019
En el BOE de 28 de mayo de 2021, se convoca proceso selectivo correspondiente a la OPE 2019 para ingreso, para los sistemas de promoción interna del cuerpo Administrativo General de la Administración General del Estado.
Cuerpo | Turno General | Turno Discapacidad | TOTAL PLAZAS |
Administrativo General | 2.792 | 158 | 2.950 |
Información sobre el proceso:
28.05.21 | Publicación convocatoria y apertura plazo presentación solicitudes | BOE |
29.05.21 | Plazo presentación instancias: veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de convocatoria | RedSara |
07.09.21 | Lista admitidos, excluidos, fecha, hora y lugar examen:20 días hábiles para subsanar errores de exclusión. Examen día 6 de noviembre a las 10:00 horas | BOE |
09.09.21 | Seguimiento de convocatoria. INAP | Acceder |
10.09.21 | Corrección de errores en la de 3 de septiembre de 2021, por la que se aprueban las relaciones provisionales de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugares de celebración del primer ejercicio o del ejercicio único. | BOE |
14.10.21 | Listado definitivo de admitidos y excluidos. INAP | INAP |
02.11.21 | Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública por la que se modifica la Resolución de 13 de octubre de 2021, por la que se aprobaban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos. | Ver |
05.11.21 | Criterios valoración y opositores por aula | INAP |
08.11.21 | Cuestionario oficial | Descargar |
08.11.21 | Plantilla provisional respuestas | Descargar |
OFERTA DE EMPLEO 2018
En el BOE de 17 de junio de 2019, se convoca proceso selectivo 2018 para ingreso, para los sistemas de promoción interna del cuerpo Administrativo General de la Administración General del Estado .
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Información sobre el proceso: Primer y único ejercicio realizado el 19 de octubre de 2019. Pendiente publicación plantillas definitivas de respuestas.
Última información publicada: 21/10/2019. Plantilla provisional de respuestas
OFERTA DE EMPLEO 2017
En el BOE de 29 de enero de 2018, se convocan procesos selectivos para ingreso, para los sistemas de promoción interna del cuerpo Administrativo General de la Administración General del Estado .
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Información sobre el proceso: Proceso selectivo finalizado.
Última información publicada: 06/09/2019. Resolución de 6 de septiembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se corrigen errores en la de 7 de agosto de 2019, por la que se nombran funcionarios de carrera.
REQUISITOS PARA OPOSITAR
Basado en en el último programa publicado. BOE nº127 de 28 mayo 2021 Convocatoria OPE 2019
Además de los requisitos generales enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
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Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller o Técnico.
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Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
- En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación, una antigüedad de diez años en cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado, o de cinco años y haber superado el curso específico de formación.
- Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado serán computables a efectos de la antigüedad referida en este apartado.
-
Pertenecer, como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo, a alguno de los siguientes colectivos:
- 1. Personal funcionario:
- Funcionarios de carrera de cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado (cuerpos o escalas del antiguo grupo D de la Ley 30/1984, de 2 de agosto).
- Funcionarios de carrera de cuerpos o escalas postales y telegráficos adscritos al subgrupo C2 (cuerpos y escalas postales y telegráficos adscritos al antiguo grupo D).
- Funcionarios de carrera de cuerpos y escalas del subgrupo C2 de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, que estén desempeñando como funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma (cuerpos y escalas de las demás Administraciones del antiguo grupo D).
- 2. Personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo, el personal fuera de convenio y/o el personal en el exterior sujeto a legislación local):
- a) Podrá participar el personal laboral fijo que pertenezca al grupo y especialidad 3G – Administración del IV Convenio colectivo único.
- b) Que pertenezca a la categoría y grupo profesional equivalentes a los descritos anteriormente incluidos en los restantes convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus organismos autónomos, de sus agencias estatales y de sus entes públicos incluidos en el ámbito del Real Decreto de oferta de empleo público, siempre que desarrolle exclusivamente funciones de gestión de recursos humanos, de gestión económica o de gestión administrativa.
- 1. Personal funcionario:
- Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años:
- En el caso del personal funcionario de carrera, haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en cuerpos o escalas del subgrupo C2 mencionados y en los términos previstos.
- En el caso del personal laboral fijo, haber prestado servicios efectivos durante, al menos dos años como personal laboral fijo en las categorías y grupos profesionales descritos en bases específicas, desarrollando, en ambos casos, exclusivamente funciones de gestión de recursos humanos, de gestión económica o de gestión administrativa, en los términos previstos en el Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, incluidos los prestados en puestos que hayan sido encuadrados en aquellas.
-
SISTEMA DE SELECCIÓN
Basado en en el último programa publicado. BOE nº127 de 28 mayo 2021 Convocatoria OPE 2019
El sistema selectivo será el de concurso-oposición. El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes fases: una primera fase de oposición, y una segunda fase de concurso.
FASE DE OPOSICIÓN
ÚNICO EJERCICIO
La fase de oposición estará formada por un ejercicio único que constará de las dos partes, ambas obligatorias y eliminatorias, y que se realizarán conjuntamente.
- Tiempo: 90 minutos
- Primera parte: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa contenido en estas normas específicas. El número máximo de preguntas será de 50, y podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva .
- Segunda parte: consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico elegido entre tres propuestos, correspondientes a cada uno de los bloques de materias del programa.
- Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas, y podrán preverse 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.
- Los cuestionarios de ambas partes estarán compuestos por preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas es correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una contestación. Las respuestas en blanco no penalizan.
CALIFICACIÓN DE LA FASE OPOSICIÓN
Calificación de la fase de oposición: el ejercicio único se calificará de 0 a 100 puntos de acuerdo con lo siguiente:
- PRIMERA PARTE: se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarla.
- SEGUNDA PARTE: se calificará de 0 a 50 puntos, y será necesario obtener una calificación mínima de 25 puntos para superarla.
- En cada uno de los ejercicios, las calificaciones resultarán de las puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección.
FASE DE CONCURSO Y CERTIFICADOS DE REQUISITOS Y MÉRITOS
4.2.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y méritos cumplimentado conforme a la base específica 7.4 de esta convocatoria.
4.2.2 Acreditación de requisitos y méritos.
El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de los requisitos específicos contenidos en los puntos 2.2 y 2.3 y los méritos contenidos en el punto 4.2.3 de estas normas específicas según los siguientes modelos:
‒ Modelo 4 para el personal funcionario de carrera.
‒ Modelo 5 para el personal laboral fijo.
4.2.3 Fase de concurso.
En esta fase se valorarán, mediante el certificado de requisitos y méritos previsto en el punto 4.2.1 de este anexo, los siguientes méritos:
4.2.3.1 Personal funcionario de carrera:
a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en cuerpos y escalas postales y telegráficos o en cuerpos y escalas de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 17 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del Estado. Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», siempre que esté formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado de requisitos y méritos, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 12 e inferiores: 2 puntos.
Grados 13 a 17: 4 puntos.
Grados 18 o superiores: 6 puntos.
Se otorgarán 2 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado.
c) Trabajo desarrollado. Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Administración General del Estado, en sus organismos autónomos y en sus agencias estatales el día de publicación de esta convocatoria, como funcionario del subgrupo C2, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 14 e inferiores: 3 puntos.
Nivel del 15 al 17: 5 puntos.
Niveles 18 o superiores: 7 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de la fecha de efectos.
A los funcionarios en comisión de servicios, se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado en la Administración General del Estado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C2.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares con reserva de puesto de trabajo, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y sus agencias estatales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y sus agencias estatales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
Se otorgarán 3 puntos a los funcionarios de cuerpos y escalas de la Administración General del Estado con destino en otras Administraciones, en Órganos constitucionales o en otros organismos no mencionados en los párrafos anteriores, así como a los funcionarios de cuerpos y escalas postales y telegráficos que no tengan destino en la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y sus agencias estatales.
d) Cursos de formación. Se valorará un máximo de cuatro cursos de formación, recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorará 0,5 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 2 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorará ningún curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales de personal en el certificado de requisitos y méritos. Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por el aspirante ante los servicios centrales de personal o equivalentes, quienes acreditarán este mérito en el correspondiente certificado de requisitos y méritos.
e) Titulación académica. Se valorará con 3 puntos estar en posesión de una titulación académica igual o superior a la exigida en el punto 2.1 del presente anexo el día de publicación de esta convocatoria.
f) Superación del ejercicio en la última convocatoria celebrada. Este mérito se valorará de oficio asignando 2 puntos a aquellos candidatos que, habiendo superado la fase de oposición, no hubieran obtenido finalmente plaza, de acuerdo con la Resolución de 14 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
4.2.3.2 Personal laboral fijo:
a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad del empleado público, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en la Administración General del Estado o en sus organismos autónomos, agencias estatales y entes públicos incluidos en el ámbito del Real Decreto de oferta de empleo público a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 17 puntos.
b) Trabajo desarrollado. Según el tiempo de pertenencia como personal laboral fijo, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, en los grupos y especialidad descritos en el punto 2.2.2 del presente Anexo, siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados en el grupo y especialidad descritas, se valorarán con 5 puntos los dos primeros años completos de servicios, y con 1 punto adicional cada año completo de servicios desde el tercer año, y hasta un máximo de 13 puntos.
c) Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal laboral fijo. Se valorará con 3 puntos.
d) Cursos de formación. Se valorará un máximo de cuatro cursos de formación, recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorará 0,5 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 2 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorará ningún curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales de personal en el certificado de requisitos y méritos. Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por el aspirante ante los servicios centrales de personal o equivalentes, quienes acreditarán este mérito en el correspondiente certificado de requisitos y méritos.
e) Superación del ejercicio en la última convocatoria celebrada. Este mérito se valorará de oficio asignando 2 puntos a aquellos candidatos que, habiendo superado la fase de oposición, no hubieran obtenido finalmente plaza, de acuerdo con la Resolución de 14 de junio de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
CALIFICACIÓN FINAL
La calificación vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.
TEMARIO
Cuerpo General Administrativo de la Administración General del Estado. Promoción interna (último programa publicado en BOE el 28 de mayo de 2021)
- Tema 1.– Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.
- Tema 2.– Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público y su normativa de desarrollo. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo
- Tema 3.– Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa
- Tema 4.– Los contratos del sector público: concepto y clases. Procedimiento de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos del sector público
- Tema 5.– El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La Agenda Digital para España.
- Tema 6.- La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.
- Tema 7.– La protección de datos personales. Régimen jurídico. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Principios y derechos. Obligaciones.
- Tema 8.– Políticas de igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Discapacidad y dependencia.
- Tema 1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. El personal funcionario: funcionarios de carrera y funcionarios interinos. La selección de los funcionarios. Programación y Oferta de Empleo Público. El Registro Central de Personal.
- Tema 2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas de los funcionarios. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
- Tema 3. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La carrera administrativa. Promoción interna.
- Tema 4. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: faltas, sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios. MUFACE y las clases pasivas.
- Tema 5. El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El contrato de trabajo: contenido, duración y suspensión. El IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
- Tema 1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El ciclo presupuestario. Terminología y desarrollo del proceso presupuestario.
- Tema 2. El presupuesto del Estado en España: concepto y estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.
- Tema 3. El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: Modos y perceptores.
- Tema 4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias. Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones del personal en activo. Formas de pago.
- Tema 5. Gestión económica y financiera de los contratos del sector público. Gestión económica y financiera de subvenciones.
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