Tramitación Procesal (8 de octubre de 2022)
INFORMACIÓN TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
Los funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia constituyen el personal encargado de dar soporte y apoyo en su labor a Jueces y Magistrados, Fiscales y Letrados de la Administración de Justica.
Tienen carácter de Cuerpo Nacional.
Corresponde al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa la realización de cuantas actividades tengan carácter de apoyo a la gestión procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado, bajo el principio de jerarquía y de conformidad con lo establecido en las relaciones de puestos de trabajo.
Este cuerpo funcionario de la Administración de Justicia está clasificado en el Grupo C1, por lo que la titulación requerida para acceder a esta oposición es la de Bachillerato o Técnico.
Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.
Su sueldo, que depende de factores como la antigüedad y los complementos, oscila entre los 1.300 y 1.600 euros brutos mensuales.
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Dichas sesiones son grabadas y, posteriormente, subidas a los contenidos didácticos correspondientes del CAMPUS donde nuestros opositores la tendrán disponible durante todo el periodo del proceso selectivo, ¡sin límite de visualizaciones!
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CONVOCATORIA TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
OFERTA DE EMPLEO 2022
En el BOE número 124 del 25 de mayo de 2022 se publica resolución por la cual se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022 para la Administración de Justicia. A continuación las plazas para el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por promoción interna.
Oferta de empleo | General | Cupo Discapacidad | TOTAL PLAZAS |
2022 | 357 | 27 | 384 |
En este apartado podrás ver detalles sobre la evolución del proceso selectivo. Todas las publicaciones a través de la web del Ministerio |
25.05.22 | Publicación Oferta Empleo Público 2022 | Ver |
OFERTA DE EMPLEO 2019 a 2021
En el BOE nº76 de 30 de marzo de 2022 se publica resolución por la cual se aprueba la convocatoria de las Ofertas de Empleo Público 2019 a 2021 para el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por promoción interna.
Oferta de empleo | General | Cupo Discapacidad | TOTAL PLAZAS |
2021 | 119 | 9 | 128 |
2020 | 117 | 9 | 126 |
2019 | 80 | 6 | 86 |
2019. Estabilización | 226 | 17 | 243 |
Total plazas | 542 | 41 | 583 |
En este apartado podrás ver detalles sobre la evolución del proceso selectivo. Todas las publicaciones a través de la web del Ministerio |
30.03.22 | Publicación convocatoria | Ver |
31.03.22 | Inicio presentación instancias. Fecha fin plazo: 29.04.22 | |
22.06.22 | Publicación listas admitidos y excluidos provisionales | Ver |
23.09.22 | Publicación fecha, hora y sedes de examen. 8 de octubre a las 10 horas (9 horas en Canarias) | Ver |
11.10.22 | Publicación plantilla provisional respuestas. Inicio plazo alegaciones 12 de octubre (5 días hábiles) | Ver |
28.10.22 | Publicación plantilla respuestas definitiva. | Ver |
17.11.22 | Publicación aprobados fase oposición | Ver |
HISTÓRICO DE CONVOCATORIAS Tramitación Procesal y Administrativa
Convocatoria | General | Cupo Discapacidad | TOTAL PLAZAS |
OPE 2017 y 2018 | 735 | 55 | 790 |
OPE 2016 | 219 | 16 | 235 |
OPE 2015 | 357 | 19 | 376 |
REQUISITOS PARA OPOSITAR PARA TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
Basado en en el último programa publicado. BOE nº76 de 30 de marzo de 2022. Convocatoria de las Ofertas de Empleo Público 2019 a 2021
- Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o de Técnico equivalente. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
- Además, al tratarse de un proceso de promoción, han de cumplirse los requisitos siguientes:
- a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Auxilio Judicial.
- b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.
- Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
- Edad: Tener dieciséis años de edad, salvo cuando en la convocatoria se establezca la edad mínima de dieciocho, al amparo de lo dispuesto en el artículo 56.3 del estatuto Básico del Empleado Público, y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del cuerpo al que aspiran.
- Habilitación:
- No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
- No haber sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendidos en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.
PROCESO SELECTIVO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
Basado en en el último programa publicado. BOE nº76 de 30 de marzo de 2022. Convocatoria de las Ofertas de Empleo Público 2019 a 2021
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el programa.
FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición estará formada por un único ejercicio.
ÚNICO EJERCICIO
- De carácter teórico, escrito y eliminatorio.
- Tiempo: 90 minutos.
- Cuestionario- test sobre materias del programa
- El cuestionario constará de 104 preguntas, siendo las 100 primeras ordinarias y evaluables y las cuatro últimas de reserva. En el caso en que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución a efectos de su evaluación de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
- Se calificará de 0 a 100 puntos.
- Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas múltiples descontarán 0,5 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
- La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.
- Nota mínima para superar el ejercicio será equivalente al cincuenta por ciento de la puntuación máxima posible, con independencia de las instancias que se hubieran presentado por cada ámbito, incluyendo a los candidatos con reserva de nota. No obstante, únicamente superarán el ejercicio de la fase de oposición las diez mejores calificaciones por plaza convocada de cada ámbito territorial y turno.
FASE DE CONCURSO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
Los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en que se valorarán los siguientes méritos:
A- Títulos y grados académicos
De los incluidos en el sistema educativo español: 10 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho, 5 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho y 5 puntos por estar en posesión de otra licenciatura o grado. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 15 puntos.
B- Historial profesional.
1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos cinco años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico, relacionados con la actividad del Cuerpo y homologados o convocados por el Ministerio de Jus- ticia, por el Instituto Nacional de la Administración Pública, por órganos competentes en la materia de las Comunidades Autónomas o por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas).
- Cursos de entre 11 y 29 horas → 1 punto
- Cursos de entre 30 y 59 horas→ 2 puntos
- Cursos de 60 o más horas → 4 puntos
No se valorarán los cursos siguientes:
- Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas, ni tampoco aquellos en que no se acredite el aprovechamiento.
- Los que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valo- ración en el apartado A de este baremo.
- Los derivados de procesos selectivos ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.
2. Cursos de formación en informática, impartidos o convocados en los últimos cinco años por el Ministerio de Justicia, por el Instituto Nacional de Administración Pública o por órganos competentes en Formación de las Comunidades Autónomas, o por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas).
- Cursos de entre 11 y 29 horas → 1 punto
- Cursos de entre 30 y 59 horas → 2 puntos
- Curso de 60 o más horas → 3 puntos
Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas ni tampoco aquellos en los que no conste el aprovecha- miento.
La puntuación máxima a otorgar en el apartado B es de 7 puntos: 4 en el apartado B-1 “conocimientos jurídicos” y 3 en el apartado B-2 “conocimientos informáticos”
C- Conocimiento de idiomas extranjeros.
- Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Marco Eu- ropeo de Referencia para las Lenguas. Conocimientos de nivel C1 o C2 (usuario independiente): 1 punto; y conocimientos de nivel B1 o B2 (usuario competen- te): 0,5 puntos. No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental.
- La puntuación máxima total por este concepto será de 2 puntos.
D- Por haber superado algún ejercicio en las dos últimas convocatorias al Cuerpo de Tramitación: máximo 1 punto. Por cada uno de los ejercicios aprobados: 0,25 puntos.
E- Servicios prestados como titular o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia y /o en Cuerpos de otras Administraciones Públicas o como personal laboral de cualquier Administración Pública (hasta un máximo de 15 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados como interino o sustituto en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la Administración de Justicia): 0.15 puntos
- Por cada mes completo de servicios prestados como titular o interino del Cuerpo de Auxilio Judicial (antes Agentes de la Administración de Justicia):
0.10 puntos. - Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas Generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces o Fiscales: 0.5 puntos.
Los periodos inferiores al mes no se computarán aunque en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.
I-C. EVALUACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y DEL DERECHO CIVIL VASCO
Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizada la fase de oposición, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos.
La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en el ejercicio obligatorio y en la fase de concurso.
Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrados por el aspirante y los criterios valoración establecidos a continuación:
1. CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra:
En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera, de conformidad con lo establecido por el Decreto Foral 103/2017 de 15 de noviembre (Boletín Oficial de Navarra de 30 de noviembre de 2017), el conocimiento oral y escrito del Euskera debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los niveles expedida por el órgano competente en la materia, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 18 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:
Certificado de nivel B1 o títulos equivalentes: 6 puntos Certificado de nivel B2 o títulos equivalentes: 12 puntos Certificado de nivel C1 o títulos equivalentes: 18 puntos.
En el ámbito del País Vasco:
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 86/1997, de 15 de abril por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Certificado de nivel B2 o Perfil Lingüístico 2 o títulos equivalentes: 6 puntos.
- Certificado de nivel C1 o Perfil Lingüístico 3 o títulos equivalentes: 12 puntos.
- Certificado de nivel C2 o Perfil Lingüístico 4 o títulos equivalentes: 18 puntos.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:
- Certificado de grado elemental o de nivel B1: seis puntos
- Certificado de grado medio o de nivel C1: doce puntos
- Certificado de grado superior o de nivel C2: dieciocho puntos
La acreditación documental del conocimiento del valenciano se efectuará mediante la aportación de correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià
En el ámbito de Cataluña:
De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modi- fica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán (DOGC núm. 6536, de 9.1.2014) y el Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J) (DOGC núm. 6780, de 31.12.2014), el conocimiento oral y escrito del catalán y el conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente acreditados por medio de certificación de la Dirección General de Política Lingüística, y por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o equivalente, supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 12 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes:
- Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: seis puntos.
- Certificado de nivel C1 (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: doce puntos.
- Certificado de nivel C2 (hasta a enero de 2014, nivel D) o títulos homologados: dieciocho puntos.
- Certificado de conocimiento de lenguaje jurídico nivel J: dieciocho puntos.
- En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia: Certificado Celga 4 o similar: Seis puntos.
- Curso de Lenguaje Jurídico Medio: Doce puntos.
- Curso de Lenguaje Jurídico Superior: Dieciocho puntos.
La acreditación del conocimiento de idioma se efectuará mediante la aportación de los certificados de la Secretaría General de Política Lingüística o los equivalentes según la: Orden de 16 de julio de 2007, de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Xustiza, (DOG 30/07/2007) modifica- da por la ORDEN de 10 de febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), (DOG 19/02/2014) y Orden de 1 de abril de 2005 (DOG 14/04/05)
2. EVALUACIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS DEL DERECHO CIVIL VASCO.
Para los aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil Vasco, otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Para la realización y corrección de este ejercicio, el Tribunal Delegado podrá nombrar un asesor especialista.
Criterios de Valoración:
A. La documentación válida para aquellos opositores que opten por la acreditación documental, es la siguiente:
1. Licenciatura en Derecho, habiendo cursado como asignaturas:
a. Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco
- UD, Plan 1953: 90 horas
- UD, Plan 1998: 60 horas
b. Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco 1
- UD, Plan 1993: 30 horas
2. Grado en derecho, habiendo cursado como asignatura Derecho Civil y Autonómico Vasco/ Derecho Civil Vasco (6 créditos ECTS)
3. Master en Derecho Civil Vasco: 540 horas (54 créditos).
4. Diploma de especialización en Derecho Civil Foral del País Vasco- presencial: 220 horas (22 créditos).
5. Diploma de especialización en Derecho Civil Vasco online: 210 horas (21 créditos).
6. Doctorado en Derecho: (mínimo 60 horas: 6 créditos)
a. Título de doctor en Derecho, con tesis sobre Derecho Civil Vasco.
b. Cursos de doctorado en Derecho sobre Derecho Civil Vasco.
7. Estudios Complementarios. El nuevo Derecho Civil Vasco: aspectos familiares y sucesorios (3 créditos ECTS)
B. Para aquellos opositores que opten por realizar el examen, este consistirá en la contestación a un cuestionario tipo-test de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es correcta.
El cuestionario versará sobre el temario siguiente
TEMARIO PARA EXAMEN
Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco
- 1) De las fuentes del Derecho Civil Vasco. De los principios inspiradores de la Ley Civil Vasca. Del ámbito de aplicación de la Ley Civil Vasca
- 2) De los principios de derecho patrimonial.
- 3) De las sucesiones. Disposiciones preliminares. De la sucesión testada. De las limitaciones a la libertad de testar.
- 4) De las sucesiones. De los pactos sucesorios. De la sucesión legal o intestada. Disposiciones comunes a las distintas formas de suceder.
- 5) Del régimen de bienes en el matrimonio. Del régimen legal. Del régimen de comunicación foral de bienes.
EXÁMENES OFICIALES TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
Tramitación Procesal (8 de octubre de 2022)
Tramitación Procesal (30 de junio de 2019)
Tramitación Procesal (30 de junio de 2019)
TEMARIO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA PROMOCIÓN INTERNA
Tema 1.– Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. El artículo 14 de la C.E.: la no discriminación por razón de sexo. Especial referencia a las Leyes Orgánicas 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico civil. Consecuencias penales de la discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral. La conciliación familiar.
Tema 2.– La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Derechos de información, de atención y gestión, de identificación de actuaciones y funcionarios, derechos lingüísticos. Derechos frente a los profesionales que asisten y representan al ciudadano: Abogados, Procuradores, Graduados Sociales. El Derecho a la Justicia Gratuita en la Carta de Derechos. El plan de Transparencia Judicial.
Tema 3.– La modernización de la oficina judicial. La nueva oficina judicial. Su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La administración de justicia y las nuevas tecnologías. Código de Conducta para usuarios de equipos y sistemas informáticos al servicio de la Administración de Justicia. El expediente digital y la presentación telemática de escritos y documentos. La firma digital, el correo electrónico. Incidencia de la legislación de protección de datos en el uso de las aplicaciones informáticas.
Tema 4.– Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: Definición y Cuerpos que los integran. Cuerpos Especiales: El Cuerpo de Médicos Forenses: Funciones, formas de acceso, Promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. La rehabilitación. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y horarios. Vacaciones, permisos y licencias.
Tema 5.– Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil: juicio ordinario y verbal.
Tema 6.– Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Clases de ejecución: disposiciones generales de cada una de ellas. Especial referencia a la libranza de mandamientos, efectividad de los embargos acordados en el decreto acordando medidas ejecutivas concretas para llevar a cabo lo dispuesto por la orden general de ejecución y en los decretos de mejora, averiguación patrimonial, preparación procesal de la vía de apremio de muebles e inmuebles, actas de celebración de subastas y trámite de depósito judicial. Las medidas cautelares.
Tema 7.– Procesos especiales en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Especial consideración a los procesos matrimoniales y al proceso monitorio. El requerimiento de pago en el procedimiento monitorio. El juicio cambiario.
Tema 8.– La jurisdicción voluntaria: Naturaleza y clases de procedimientos. Especial referencia a los actos de conciliación.
Tema 9.– Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal; ordinario, abreviado y de jurado.
Tema 10.– Procedimiento de juicio sobre delitos leves. Juicios Rápidos. La ejecución en el proceso penal, con especial referencia a la ejecución de los delitos leves. La pieza de responsabilidad civil en el proceso penal.
Tema 11.– Recurso contencioso-administrativo. Procedimiento ordinario, abreviado y especiales.
Tema 12.– El proceso laboral. Procedimiento ordinario. Procedimiento por despido. Procesos de seguridad social.
Tema 13.– Recursos. Cuestiones generales sobre el derecho al recurso. El depósito para recurrir. Los recursos en el ámbito civil: Reposición, revisión contra resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia, queja, apelación, y los recursos extraordinarios de infracción procesal y casación. Los recursos en el procedimiento penal: reforma, apelación y queja y Recursos extraordinarios. Los recursos contra las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.
Tema 14.– Los actos procesales. Requisitos de los actos procesales: a) lugar; b) tiempo: Términos y plazos: Cómputo de los plazos; c) forma (consideración de la lengua oficial). Defectos de los actos: Nulidad, anulabilidad, irregularidad; subsanación de defectos.
Tema 15.– Las resoluciones de los órganos judiciales. Clases de resoluciones judiciales: Contenido y características. Las resoluciones de los órganos judiciales colegiados. Las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.
Tema 16.– Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: oficios y mandamientos. El auxilio judicial: los exhortos y los mandamientos en el proceso penal. Cooperación jurídica internacional: las comisiones rogatorias.
Tema 17.– Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso: notificaciones, requerimientos, citaciones y emplazamientos. Notificaciones, citaciones y mandamientos en el proceso penal. Formas de notificación y nuevas tecnologías.
Tema 18.– El Registro Civil. Organización actual de los Registros Civiles en España. Funcionarios encargados de los mismos. Libros y Secciones del Registro. Libros auxiliares.
Tema 19.– Actas del Registro. Inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción. Nacionalidad y vecindad civil. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil.
Tema 20.– Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con la legislación vigente en materia de archivos judiciales. Formas de remisión de documentación judicial y relaciones documentales. Nuevas tecnologías en los archivos judiciales de gestión. Las juntas de expurgo de la documentación judicial
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