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Dudas con Constitución

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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  • #368363
    Academia Opositas
    Participante

    Hola:

    Tengo un par de dudas sobre las disposiciones con rango de ley que puede adoptar el Gobierno. Si podéis resolvermelas os lo agradecería:

    La primera es sobre los Decretos-legislativos:

    Según el art. 84:
    “Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.”

    ¿No es esa segunda proposición de ley de la que habla contraria a la delegación? No tiene mucho sentido que lo repita. Además en tal caso el Gobierno si ya se ha opuesto a su tramitación una vez se volverá a oponer otra y punto. Alguna otra cosa querrá decir.

    La otra duda es con respecto a los Decretos-leyes:

    Según el art. 86.2 el Congreso habrá de pronunciarse, en el plazo de 30 días, sobre la convalidación o derogación de éstos. Y en el apartado siguiente se dice que las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.

    Si las Cortes pueden tramitarlos como proyectos de ley, ¿qué es lo que convalida el Congreso?. ¿O es que el Congreso lo convalida “como ley provisional” y las Cortes pueden tramitarla como ley definitiva? ¿Qué pasa si las Cortes no lo tramitan en ese plazo? ¿deja de tener vigencia?.

    Eso es todo.

    Saludos.

    #368364
    Academia Opositas
    Participante

    Hola jonio. Vamos primero con los Decretos Legislativos.

    Las Cortes Generales delegan en el Gobierno para que dicte una ley, y para ello las Cortes aprueban una ley (bien de bases, o bien ordinaria) que detalla la materia concreta sobre la que se faculta al Gobierno para legislar, y los aspectos que debe recoger esa ley.
    Ahora imagina que después un grupo político presenta una proposición de ley sobre la misma materia para la que acaba de otorgarse al Gobierno la facultad de legislar. En ese momento el grupo político está pretendiendo que las Cortes legislen sobre un asunto que las mismas Cortes han delegado en el Gobierno. Como es lógico el Gobierno puede oponerse a que se tramite esa proposición de ley.
    Ahora bien, el grupo político lo que si puede hacer, y el gobierno no se puede oponer, es presentar una proposición de ley cuya pretensión sea intentar derogar total o parcialmente la ley de delegación que aprobaron las Cortes.

    ¿lo entiendes?
    Saludos

    #368365
    Academia Opositas
    Participante

    …. Y ahora vamos con los Decretos Ley.

    El Gobierno aprueba un Decreto Ley, que es una disposición legislativa provisional (art. 86.1), es decir que tiene provisionalmente rango de ley.

    ¿Cuándo el Decreto Ley deja de tener ese caracter provisional?. Pues evidentemente cuando es aprobado por la única institución que puede aprobar leyes, es decir, el poder legislativo.

    Hay dos procedimientos para otorgar a un Decreto Ley el carácter de ley definitiva:

    1º.- Si el Congreso de los Diputados aprueba ese Decreto Ley en los 30 días siguientes a su promulgación, mediante un debate y votación de la totalidad del Decreto Ley. No caben aquí enmiendas a uno o varios artículos, sino que se aprueba o se rechaza todo en bloque.

    2º.- En el mismo plazo anterior, las Cortes pueden tramitar ese Decreto Ley como si se tratase de un proyecto de ley presentado por el gobierno. En este caso los grupos políticos pueden presentar enmiendas totales o parciales. Eso sí los trámites deben hacerse por el procedimiento de urgencia, para cumplir el plazo.

    Por último si transcurre el plazo aludido y no se ha convalidado el Decreto Ley, entonces dejan de estar vigentes las disposiciones en él contenidas. Esto es evidente si no olvidamos que tiene un carácter provisional que sólo se transforma en definitivo si lo aprueba el poder legislativo.

    ¿aclarado?

    #368366
    Academia Opositas
    Participante

    Hola ziberopo:

    Sí, ha quedado perfectamente claro. Muchas gracias.

    Saludos.

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