Buenas tardes, Elena:
Sí, en los juicios de desahucio siempre es obligatorio que intervengan abogado y procurador.
En el art. 23 y en el 31 de la LEC, cuando se establecen las excepciones a la obligatoriedad de abogado y procurador, una de ellas es “los juicios verbales [u]cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía[/u] y ésta no exceda de 2.000 euros”.
Después, en el art. 250, en el apartado 1, se regulan las materias que necesariamente tienen que seguir los trámites del juicio verbal, y entre ellas se encuentra el desahucio.
Por lo tanto, en los casos de desahucio será siempre obligatoria la intervención de abogado y procurador, ya que en ellos se siguen los trámites del juicio verbal por razón de la materia, y no de la cuantía.
Es importante que tengamos esto muy claro, de cara no solo al test sino a los supuestos prácticos.
Un saludo