Foros OPOSITAS

DUDA PRISIÓN INCOMUNICADA

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #314750
    MYM
    Participante

    Me acaba de surgir la duda de si en caso de prisión incomunicada el imputado tiene derecho a entrevistarse con su abogado.

    Yo creo que si, o no?

    #314751
    franjocado
    Participante

    No tiene derecho a ello durante la incomunicacion

    #314752
    JuanRaBM
    Participante

    Hola Mym, te copio el artículo 527 de la LECr.

    Artículo 527.
    El detenido o preso, mientras se halle incomunicado, no podrá disfrutar de los derechos expresados en el presente capítulo, con excepción de los establecidos en el artículo 520, con las siguientes modificaciones:
    a. En todo caso, su Abogado será designado de oficio.
    b. No tendrá derecho a la comunicación prevista en el apartado d del número 2.
    c. Tampoco tendrá derecho a la entrevista con su Abogado prevista en el apartado c del número 6.

    Si lo enlazas con el artículo 520 quedará resuelta tu duda.

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