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duda en la pregunta 17 del tesr del chat contencioso

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Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
  • Autor
    Entradas
  • #316456
    aliche74
    Participante

    17. En caso de que el Tribunal, tras el examen del expediente, encotrare posible causa de inadmisión del recurso:
    a) lo inadmitirá en el acto
    b) antes de pronunciarse, concederá previamente a las partes un plazo sucesivo de días para que puedan formular alegaciones
    c) concederá a las partes un plazo comuún de diez días para subsanar ls posible causa
    d) ninguna respuesta es correcta
    Yo copié como respuesta verdadera la d) pero entiendo que debe ser la c). Que alguíén me lo aclare por favor. Muchas Gracias

    #316457
    Academia Opositas
    Participante

    Buenos días, Aliche.

    La verdad es que la pregunta tiene su “trampa”. Si te fijas en el artículo 51.4 de la LJCA, la ley en ningún momento habla de subsanar sino de hacer alegaciones.

    Por tanto, la respuesta correcta, pienso que sería la d).

    #316458
    pakitoway
    Participante

    Hola aliche, estoy de acuerdo contigo según veo en el artículo 51.4:
    4. El Juzgado o la Sala, antes de pronunciarse sobre la inadmisión del recurso, hará saber a las partes el motivo en que pudiera fundarse para que, en el plazo común de diez días, aleguen lo que estimen procedente y acompañen los documentos a que hubiera lugar.
    No sé si es este el artículo en que tenemos que basarnos, si alguien tiene otra opinión?
    Un saludo.

    #316459
    aliche74
    Participante

    Gracias Croaton, me lo has aclarado perfectamente. No me había dado cuenta en ese detalle.

    #316460
    aliche74
    Participante

    Hola PatikowAY
    Me alegra que estés de acuerdo conmigo. Reflexionando otra vez sobre la pregunta, aunque el articulo sólo hace referencia para alegaciones, entiendo que se dá ese trámite a las partes para que el juez reconsidere su postura de inadmisíón del recurso, y se acompañe los documentos necesarios que acrediten la falta de legitimación del recurrente, motivo éste de inadmisión del recurso,lo que conlleva implicitamaente la subsanación por falta de documentos. Por ejemplo, que se acompañe al recurso ,el poder que acredita la representación del actor, o la declaración de herederos, que es el documento que legitima al ator para actuar en nombre del fallecido. A ver lo que dicen los profesores.

    #316461
    pino2010
    Participante

    Hola chicos.
    Yo considero que la respuesta correcta es la d), pero no por lo que pueda decir la ley sobre alegaciones que mencionas Croatan. La trampa de la pregunta está en que no es el “Tribunal” quien examina el expediente sino el Secretario judicial, y es éste quien requerirá inmediatamente la subsanación de defectos detectados, señalando un plazo de diez días para que el recurrente pueda subsanarlos, y si no lo hiciere, el Juez o Tribunal será quien se pronuncie sobre el archivo de las actuaciones.
    No puedo especificar el artículo porque lo desconozco, pero es así como lo recoge el Temario de Opositas.
    Saludos.

    #316462
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas tardes.

    De acuerdo con el Art. que recogemos como fuente de respuesta (Art. 51.4), dice que la Sala examinará el recurso. El artículo que menciona Pino es el 45.3, en donde el Secretario es quien examina la validez de la comparecencia, no el recurso.
    Además de ello, el Art. 51.4 señala que en caso de que el Tribunal concederá a las partes un plazo común de 10 días para que aleguen.

    O sea, por un lado, el que declara la inadmisión del recurso es el Tribunal, no el Secretario; por otro, en este caso se concede un plazo de 10 días para alegar, no para subsanar.

    Saludos.

    #316463
    aliche74
    Participante

    Hola Croaton
    Has sido convincente.Llevas toda la razón. Muchas Gracias por todo. Aprovechando este post ¿ sabrias decirme que documentos se deben acompañar junto con las alegaciones que realice el demandado. ¿ Serían documentos procesales?, que son los que determinan la admisión de la demanda.Entiendo que no serían documentos sobre el fondo del asunto aquellos a los que hace referencia el artículo 265 de la LEC, porque estós determinarian la estimación o desestimación del recurso, salvo error mio. A ver si me aclaro que documentos quiere el juez que se presente para que se admita el recurso. Muchas Gracias

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