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Diferencia entre desestimación e inadmisibilidad

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  • Autor
    Entradas
  • #319554
    LN30
    Participante

    Buenas noches, estudiando el tema de la Jurisdicción Contenciosa me ha surgido una duda, que creo que también es extensible a los demás procesos: ¿qué diferencia hay entre desestimación e inadmisibilidad?. Yo pienso que se inadmite o admite durante el proceso o el procedimiento y cuando se estima o desestima tiene que ver con el fondo del asunto. ¿Alguien podría aclararlo?. Gracias. Saludos.

    #319555
    Anónimo
    Invitado

    Hola LN. Estás en lo cierto y por esa razón en contencioso se pueden dar las dos situaciones en sentencia:

    Artículo 69

    La sentencia declarará la inadmisibilidad del recurso o de alguna de las pretensiones en los casos siguientes:

    a) Que el Juzgado o Tribunal Contencioso-administrativo carezca de jurisdicción.
    b) Que se hubiera interpuesto por persona incapaz, no debidamente representada o no legitimada.
    c) Que tuviera por objeto disposiciones, actos o actuaciones no susceptibles de impugnación.
    d) Que recayera sobre cosa juzgada o existiera litispendencia.
    e) Que se hubiera presentado el escrito inicial del recurso fuera del plazo establecido.
    Artículo 70

    1. La sentencia desestimará el recurso cuando se ajusten a Derecho la disposición, acto o actuación impugnados.

    2. La sentencia estimará el recurso contencioso-administrativo cuando la disposición, la actuación o el acto incurrieran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.

    Se entiende por desviación de poder el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico.

    Espero haber resuelto la duda que planteas

    #319556
    LN30
    Participante

    Buenas noches Baldo, si ya lo veo más claro y con los dos supuestos lo veo mejor. Buen finde. Saludos.

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