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15 marzo, 2005 a las 11:28 am #336664
epa2
ParticipanteHola compis,
en vista de los últimos cambios en europa y España con la constitución europea, es posible que este año pregunten algo sobre ello, por eso,,, en vista del tocho mocho que es la nuestra nueva constitución 👿 sería bueno hacerse un esquemilla o algo así ¿no?
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[size=150:ya1smstk]ESQUEMA CONSTITUCION EUROPEA[/size]
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Firmada por los jefes de estado y gobierno de los 25 estados miembros de la Unión Europea y el presidente de la Comisón europea Romano Prodi, en Roma, el viernes 29 de octubre de 2004.Ratificada en España por referendun consultivo el 20 de febrero de 2005
Entrada en vigor el 1 de noviembre de 2006.
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INDICE
PREAMBULO
PARTE I (Títulos 1 al 9)
PARTE II (Títulos 1 al 7)
PARTE III (Títulos 1 al 7)
PARTE IV
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[/size][size=150:ya1smstk]ESQUEMA CONSTITUCION EUROPEA EXTENSO[/size]
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Una vez firmado por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea comenzaron los procesos de ratificación en cada uno de los Estados miembros. En algunos casos, como en Irlanda o Dinamarca, el referendum tendrá caracter vinculante; en otros, como en el Reino Unido, Países Bajos o Luxemburgo, al igual que en España tiene un caracter consultivo.La entrada en vigor del Tratado, como establece el artículo IV-447 dispone que el Tratado entrará en vigor el 1 de noviembre de 2006, siempre que en tal fecha se hayan depositado todos los instrumentos de ratificación. En caso contrario el Tratado entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al depósito del instrumento de ratificación del último Estado que cumpla este requisito.
En el caso de España, tras la firma por parte del Presidente del Gobierno del Tratado, se abrirá el procedimiento para la ratificación por las Cortes. Será a través de una ley orgánica como se autorice la celebración y consiguiente ratificación del Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa.
Además en España se celebró un referendum con el fin de que los españoles pudieran pronunciarse sobre el proyecto de Tratado con carácter previo a su ratificación formal por parte del Reino de España.
Bruselas, 13 de octubre de 2004
Constitution
ÍNDICE
PREÁMBULO
PARTE I
TÍTULO I – DE LA DEFINICIÓN Y LOS OBJETIVOS DE LA UNIÓN
TÍTULO II – DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LA CIUDADANÍA DE LA UNIÓN
TÍTULO III – DE LAS COMPETENCIAS DE LA UNIÓN
TÍTULO IV – DE LAS INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN
CAPÍTULO I – MARCO INSTITUCIONAL
CAPÍTULO II – OTRAS INSTITUCIONES Y ÓRGANOS CONSULTIVOS DE LA UNIÓN
TÍTULO V – DEL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS DE LA UNIÓN
CAPÍTULO I – DISPOSICIONES COMUNES
CAPÍTULO II – DISPOSICIONES PARTICULARES
CAPÍTULO III – COOPERACIONES REFORZADAS
TÍTULO VI – DE LA VIDA DEMOCRÁTICA DE LA UNIÓN
TÍTULO VII – DE LAS FINANZAS DE LA UNIÓN
Constitution/Index/es 2
TÍTULO VIII – DE LA UNIÓN Y SU ENTORNO PRÓXIMO
TÍTULO IX – DE LA PERTENENCIA A LA UNIÓN
PARTE II: CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN
PREÁMBULO
TÍTULO I – DIGNIDAD
TÍTULO II – LIBERTADES
TÍTULO III – IGUALDAD
TÍTULO IV – SOLIDARIDAD
TÍTULO V – CIUDADANÍA
TÍTULO VI – JUSTICIA
TÍTULO VII – DISPOSICIONES GENERALES QUE RIGEN LA
INTERPRETACIÓN Y LA APLICACIÓN DE LA CARTA
PARTE III: DE LAS POLÍTICAS Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN
TÍTULO I – DISPOSICIONES DE APLICACIÓN GENERAL
Constitution/Index/es 3
TÍTULO II – NO DISCRIMINACIÓN Y CIUDADANÍA
TÍTULO III – POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS
CAPÍTULO I – MERCADO INTERIOR
Sección 1 – Establecimiento y funcionamiento del mercado interior
Sección 2 – Libre circulación de personas y servicios
Subsección 1 – Trabajadores
Subsección 2 – Libertad de establecimiento
Subsección 3 – Libertad de prestación de servicios
Sección 3 – Libre circulación de mercancías
Subsección 1 – Unión aduanera
Subsección 2 – Cooperación aduanera
Subsección 3 – Prohibición de las restricciones cuantitativas
Sección 4 – Capitales y pagos
Sección 5 – Normas sobre competencia
Subsección 1 – Normas aplicables a las empresas
Subsección 2 – Ayudas otorgadas por los Estados miembros
Sección 6 – Disposiciones fiscales
Sección 7 – Disposiciones comunes
CAPÍTULO II – POLÍTICA ECONÓMICA Y MONETARIA
Sección 1 – Política económica
Sección 2 – Política monetaria
Sección 3 – Disposiciones institucionales
Sección 4 – Disposiciones específicas para los Estados miembros cuya moneda es el euro
Sección 5 – Disposiciones transitorias
Constitution/Index/es 4
CAPÍTULO III – POLÍTICAS EN OTROS ÁMBITOS
Sección 1 – Empleo
Sección 2 – Política social
Sección 3 – Cohesión económica, social y territorial
Sección 4 – Agricultura y pesca
Sección 5 – Medio ambiente
Sección 6 – Protección de los consumidores
Sección 7 – Transportes
Sección 8 – Redes transeuropeas
Sección 9 – Investigación y desarrollo tecnológico y espacio
Sección 10 – Energía
CAPÍTULO IV – ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA
Sección 1 – Disposiciones generales
Sección 2 – Políticas sobre controles en las fronteras, asilo e inmigración
Sección 3 – Cooperación judicial en materia civil
Sección 4 – Cooperación judicial en materia penal
Sección 5 – Cooperación policial
CAPÍTULO V – ÁMBITOS EN LOS QUE LA UNIÓN PUEDE DECIDIR REALIZAR
UNA ACCIÓN DE APOYO, COORDINACIÓN O COMPLEMENTO
Sección 1 – Salud pública
Sección 2 – Industria
Secció n 3 – Cultura
Sección 4 – Turismo
Sección 5 – Educación, juventud, deportes y formación profesional
Sección 6 – Protección civil
Sección 7 – Cooperación administrativa
Constitution/Index/es 5
TÍTULO IV – ASOCIACIÓN DE LOS PAÍSES Y TERRITORIOS DE ULTRAMAR
TÍTULO V – ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN
CAPÍTULO I – DISPOSICIONES DE APLICACIÓN GENERAL
CAPÍTULO II – POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN
Sección 1 – Disposiciones comunes
Sección 2 – Política común de seguridad y defensa
Sección 3 – Disposiciones financieras
CAPÍTULO III – POLÍTICA COMERCIAL COMÚN
CAPÍTULO IV – COOPERACIÓN CON TERCEROS PAÍSES Y AYUDA HUMANITARIA
Sección 1 – Cooperación para el desarrollo
Sección 2 – Cooperación económica, financiera y técnica con terceros países
Sección 3 – Ayuda humanitaria
CAPÍTULO V – MEDIDAS RESTRICTIVAS
CAPÍTULO VI – ACUERDOS INTERNACIONALES
CAPÍTULO VII – RELACIONES DE LA UNIÓN CON LAS ORGANIZACIONES
INTERNACIONALES, TERCEROS PAÍSES Y DELEGACIONES DE LA UNIÓN
Constitution/Index/es 6
CAPÍTULO VIII – APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE SOLIDARIDAD
TÍTULO VI – FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN
CAPÍTULO I – DISPOSICIONES INSTITUCIONALES
Sección 1 – Instituciones
Subsección 1 – El Parlamento Europeo
Subsección 2 – El Consejo Europeo
Subsección 3 – El Consejo de Ministros
Subsección 4 – La Comisión Europea
Subsección 5 – El Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Subsección 6 – El Banco Central Europeo
Subsección 7 – El Tribunal de Cuentas
Sección 2 – Órganos consultivos de la Unión
Subsección 1 – El Comité de las Regiones
Subsección 2 – El Comité Económico y Social
Sección 3 – El Banco Europeo de Inversiones
Sección 4 -Disposiciones comunes a las instituciones, órganos y organismos de la Unión
CAPÍTULO II – DISPOSICIONES FINANCIERAS
Sección 1 – Marco Financiero plurianual
Sección 2 – Presupuesto anual de la Unión
Sección 3 – Ejecución del Presupuesto y aprobación de la gestión
Sección 4 – Disposiciones comunes
Sección 5 – Lucha contra el fraude
CAPÍTULO III – COOPERACIONES REFORZADAS
TÍTULO VII – DISPOSICIONES COMUNES
PARTE IV: DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
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[/color]
[/size]Bueno, para que lo apunteis y tambien a estudiar como locos mas cosas,, jo, vaya dia que llevo, no estoy estudiando nada, bueno, me voy a ver si cogo algún libro de temas…. 🙄
Posdata: fuente de la información: Varias web, entre ellas [url:ya1smstk]http://www.constitucioneuropea.es/index.jsp[/url]
nos vemos por la feria del tocinoooooooooooooooooooooooo
15 marzo, 2005 a las 12:15 pm #336665Academia Opositas
ParticipanteEstoy totalmete de acuerdo.
A ver que dicen los profes. A ver que es lo más importante.No hay mucho tiempo para estudiar muchas más cosas.
Genial lo de esquematizar lo de la UNION EUROPEA.
Solo de ver tu post me han dado escalofríos.
No lo quiero ni pensar, que les de por preguntar rarezas…HASTA LUEGUIN 😕 ? ? ?
15 marzo, 2005 a las 1:24 pm #336666grancapitan
ParticipanteNo creo que este año pongan nada de la Constitución Europea por una sencilla razón: la hemos aprobado, pero aún no está en vigor, y tardará en estarlo, así que mientras no se pueda aplicar, no es posible que entre nada en el temario. Si entra, entrará lo de siempre, la estructura básica: consejo, comisión, tribunal…
Saludos.
15 marzo, 2005 a las 3:13 pm #336667Academia Opositas
ParticipanteEn el Estado no sé, pero en las Autonómicas de aqui si que nos preguntaron la fecha de firma, que estaba recientita y fué “fácil”.
Por cierto, epa2, se firmó el año pasado (2004), no en 2003. Es que me acuerdo “ferpectamente” de la pregunta y de la risa que me entró 😉
15 marzo, 2005 a las 3:20 pm #336668Academia Opositas
ParticipanteTiene razón grancapitan, seguro que este año no cae nada de momento; de entrar en vigor, lo haría sólo en el caso de que TODOS los Estados lo aprobaran (recordad que desde Mayo somos 25) y depositaran los instrumentos de ratificación antes del 1 de Noviembre de 2006. El hecho de que en España se haya aprobado tan pronto y fácilmente, no quiere decir que en el resto de Estados ocurra lo mismo.
Pero de todas formas, no viene mal irse aprendiendo algunos puntos básicos sobre su elaboración y las diferencias principales respecto a la actual regulación (Tratado de Niza). Y para eso sí que nos va a venir genial el esquema…15 marzo, 2005 a las 5:19 pm #336669epa2
Participantehola…
mowin, gracias por avisar del gazapillo, ya está corregido,
efectivamente, era el año 2004…
disculpad…
nos vemos pronto, prontito.
15 marzo, 2005 a las 6:33 pm #336670nessyH
ParticipanteEpa, yo tampoco estudié nada 🙁 wink:
Muchas gracias por el pedazo esquema q nos has puesto 🙂 , yo creo también q es demasiado pronto para q nos pregunten nada sobre ella, pero por si acaso, jejeje -
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