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Competencias del Juzgado de Violencia sobre la Mujer

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  • #313302
    J2C2
    Participante

    Buenas noches a todos

    Os quiero lanzar una pregunta a ver qué me decís:

    ¿Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer conocen del proceso de nulidad matrimonial?

    a. Sí, en cualquier caso.
    b. Sí, cuando se hayan incoado diligencias penales por violencia sobre la mujer.
    c. No, en ningún caso.

    Espero vuestra respuesta

    #313303
    JuanRaBM
    Participante

    yo diría que B, al igual que las demandas de separacion y divorcio derivadas de un caso de violencia…

    #313304
    Adriano
    Participante

    Pues, sin embargo, yo diría que la A) en aplicación del artículo 87 ter apartados 2 y 3 de la LOPJ.

    Un saludo.

    #313305
    MYM
    Participante

    Yo diría que es la B) pues los JVM sólo conocerán en el orden civil de las materias del art. 87. ter. 2 LOPJ (el punto c) nulidad, separación o divorcio) cuando se den las circunstancias del art. 87. ter 3.

    En los demás casos conocerá el juzgado de primera instancia que corresponda.

    #313306
    Adriano
    Participante

    Pues sigo discrepando y me sigo reafirmando en la respuesta A). Entiendo que la LOPJ dejar muy claro en su art. 87 ter punto 2 que los J.V.M. “podrán conocer en el orden civil, en todo caso de conformidad con los procedimientos y recursos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, de los siguientes asuntos:…b) Los de[u][b] nulidad del matrimonio[/b][/u], separación y divorcio.”

    A continuación (87 ter aptdo. 3), lo que hace es especificar aún más y dice que, además, cuando concurran simultáneamente los siguientes requisitos:…Que alguna de las partes del proceso civil sea víctima de los actos de violencia de género, en los términos a que hace referencia el apartado 1.a del presente artículo, lo harán de forma [u][b]exclusiva y excluyente [/b][/u].

    Un saludo.

    #313307
    Epc00011
    Participante

    Pues yo pienso que a esta pregunta le faltan datos para responder correctamente, además de una opción d)

    #313308
    Academia Opositas
    Participante

    Buenos días compañeros.

    Creo que algunos os habéis liado un poco. No falta ninguna respuesta adicional. Se da a elegir entre a y b solamente, porque entre esas dos está la verdadera y las posibles discrepancias.

    Personalmente, creo que la respuesta más correcta es la B, pues en todo caso no conocen, salvo cuando se reúnan los requisitos que algunos de ustedes nombráis (diligencias penales). 😯

    #313309
    Epc00011
    Participante

    Mi opinión:

    En cualquiera caso, yo la A no la pondría puesto que para que conozca de nulidad matrimonial tienen que darse simultáneamente los requisitos del art. 87.3 ter de la LOPJ. La C) que dice en ningún caso, tampoco es válida puesto que si se dan los requisitos esos sí que puede conocer, y además de forma exclusiva y excluyente. Por tanto, sin tener la opción D), yo pondría la B, por el apartado d de dicho artículo:

    “Que se hayan iniciado ante el Juez deViolencia sobre la Mujer actuaciones penales por delito o falta a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer, o se haya adoptado una orden de protección a una víctima de violencia de género”.

    Suponiendo que los demás requisitos se dan…Saluditos compis.

    #313310
    EvaBp
    Participante

    Yo opino que la respuesta correcta sería la B en aplicación a lo establecido en el art. 87 ter 2 y 3 de la LOPJ.
    Según este art, para que los Juzgados de Violencia sobre la mujer tengan competencia objetiva se necesitan tres presupuestos:
    1.Material, proceso civil que versa sobre determinadas materias (nulidad matrimonial).
    2.Personal, que las partes en el proceso civil ocupen la posición de víctima de violencia de género y agresor de tal.
    3.Procedimental, que se hayan iniciado ante el JVSM actuaciones penales por delito o falta a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer.

    #313311
    Adriano
    Participante

    Ya no discrepo. Después de una lectura más sosegada de los preceptos implicados en esta cuestión, he llegado a la misma conclusión que los compañeros: La respuesta correcta sería la B).

    Gracias y un saludo.

    #313312
    Academia Opositas
    Participante

    Yo tb pienso que la respuesta que mejor se ajusta es la B).
    la C la descarto.
    La A dice que “en cualquier caso”, y en cualquier caso no, porque el art. 87ter 2 LOPJ dice que los JVSM “podrán” conocer en el orden civil… creo que la mujer puede acudir a su elección a otros Juzgados, ad+ de ls JVSM.

    la respuesta B recoge uno de los requisitos del 87ter3 LOPJ, y este art añade otros requisitos que si concurren simultáneamente la competencia es exclusiva y excluyente.. bueno, que creo que la B, porque la pregunta de J2C2 dice los JVSM “conocen” del proceso de nulidad matrimonial? como la pregunta no dice nada de si conocen de forma exclusiva o excluyente, creo que es la que mejor se ajusta.

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