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vcuervaParticipante
Hola Jd,
quisiera saber si…”[i]Las aportaciones dinerarias entre diferentes Administraciones Públicas, así como entre la Administración y los organismos y entidades dependientes de éstas, destinadas a financiar globalmente la actividad de cada ente en el ámbito propio de sus competencias[/i]” si son consideradas [u]subvenciones o transferencias de financiación[/u]. (Yo creo que son [b]transferencias de financiación[/b])
¿Me lo podrías confirmar por favor?
Un saludo. 🙂
vcuervaParticipanteHola xinna383,
efectivamente estoy de acuerdo contingo, el nombramiento y separación del Secretario general le corresponde al Pleno de la Cámara de Cuentas.
Un saludo y ánimo en el estudio.
🙂vcuervaParticipanteHola Jd,
respecto a este tema quisiera saber lo que equivalen los Reglamentos comunitarios en un ordenamiento interno, es decir, a que equivaldrían a [b]una Ley, un Decreto o un Real Decreto [/b]:?:
Un saludo y gracias anticipadas.- 🙂
vcuervaParticipanteHola Jd,
gracias por tu ayuda y, por esa explicación tan fantástica.
Un saludo. 🙂
vcuervaParticipanteHola Jd,
Tengo una duda respecto [u]al Consejo de la Unión Europea[/u]. El Consejo decide (dependiendo del tema a tratar), por: [b]mayoría simple, mayoria cualificada y por unanimidad. [/b]
Por favor, me podrias decir en que casos decide por cada tipo de mayoria ❓Un saludo y gracias anticipadas.- 🙂
vcuervaParticipanteHola Cr,
muchísimas gracias por la aclaración.
Un saludo. 🙂
vcuervaParticipanteHola Jd,
muchas gracias por la aclaración.
Un saludo.- 🙂
vcuervaParticipanteok. todo aclarado.
Muchas gracias.
vcuervaParticipanteHola a los dos,
muchas gracias por vuestra aportación. Mi duda ha sido resuelta.
Saludos.
vcuervaParticipanteHola Jd,
respecto al Estatuto de Autonomía tengo una [u]nueva duda[/u].
Según el art. 141 del Estatuto de Autonomía dice que: “[i]Los conflictos de competencia entre [u]los órganos jurisdiccionales de Andalucía y los del resto de España[/u], se resolverán conforme a lo establecido en la [b]Ley Orgánica del Poder Judicial[/b][/i]”
Entonces por quien exactamente se resolverán dichos conflictos de compentencia ❓
Saludos y gracias anticipadas.- 🙂
vcuervaParticipanteok.
Todo aclarado.
Muchas gracias por tu ayuda.
vcuervaParticipanteHola Jd,
entonces éste tema como quedaría exactamente…..
tanto si nos preguntan [u]según el Estatuto [/u]como si nos dicen [u]según la LOTC[/u], dicha competencia le corresponde [b]al Parlamento y al Consejo de Gobierno[/b] ❓
Saludos y gracias anticipadas.- 🙂
vcuervaParticipanteHola Jd,
la verdad es aún no me ha quedado clara mi duda. Puesto que después de lo que ha comentado nuestro compañero Antonio, en el art. 119 del Estatuto de Autonomía dice que: “[i]Corresponde al [b]Consejo de Gobierno [/b][u]la interposición de recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencia, así como la personación en los procesos constitucionales[/u] de acuerdo con lo que establezca la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional[/i]”
Asi que ahora nuevamente, necesito tu aclaración.
Por cierto, la referencia legislativa que haces en tu anterior post haces referencia a la LOPJ y no sería LOTC ❓
Saludos y gracias anticipadas.- 🙂
vcuervaParticipanteHola Jd,
tengo una [u]nueva duda [/u]respecto al [b]Estatuto de Autonomía de Andalucía[/b].
Respecto a las funciones del Parlamento de Andalucía, dice que le corresponde al Parlamento: “la interposición de recursos de inconstitucionalidad y conflictos de la competencia, así como la personación en los procesos constitucionales [u]de acuerdo con lo que se establezca en al Ley Orgánica del Tribunal Constitucional [/u]”
Pero, la ley Orgánica del Tribunal Constitucional que dice exactamente que dicha función le corresponde al [b]Parlamento de Andalucía o al Consejo de Gobierno[/b] ❓
Saludos y gracias anticipadas.- 🙂
vcuervaParticipanteOK.
Muchas gracias por la aclaración.
Saludos. 🙂
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