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hhernandezParticipante
Seria lo suyo, aplicar un factor de corrección. Es la solución más lógica
Respecto a la pregunta que contenía las letras repetidas, en mi clase los vigilantes lo dijeron bien clarito, seguir el orden lógico a) b) c) d), es un error de transcripción y no habia más.Es más, luego la vigilante salió y volvió a entrar, y las clases contiguas habian aplicado el mismo criterio. Dejar en blanco la que faltaba y esa con su orden lógico.
A ver que ocurre…
26 enero, 2011 a las 7:43 am en respuesta a: VIDEO REALIZACION 2º EJ. TRAMITACION (PI) 15 ENERO 2011 #310015hhernandezParticipanteBaldo, si nadie se anima con la opinión, me reitero: te aseguro que muchísima, no sabes la de cosas útiles que acabo de aprender.
A ver si subís alguno más parecido de aqui al examen. Gracias
25 enero, 2011 a las 3:54 pm en respuesta a: VIDEO REALIZACION 2º EJ. TRAMITACION (PI) 15 ENERO 2011 #310012hhernandezParticipanteIsidro ahora mismo me lo acabo de bajar sin problemas,funciona a la perfección
25 enero, 2011 a las 3:32 pm en respuesta a: VIDEO REALIZACION 2º EJ. TRAMITACION (PI) 15 ENERO 2011 #310010hhernandezParticipanteBaldo, está genial el video, me ha ido de perlas. Enhorabuena el tutor lo explica muy bien.
A ver si os animais y de aqui al examen poneis alguno más.Juanra, eso que dicen que es una carrera de fondo, yo creo que es cierto, tenemos que seguir con constancia y ánimo.
Felicidades por el video, gracias por el esfuerzo
25 enero, 2011 a las 12:41 pm en respuesta a: VIDEO REALIZACION 2º EJ. TRAMITACION (PI) 15 ENERO 2011 #310008hhernandezParticipantemuchas gracias juanra, ahora mismo pruebo. Espero que te fuese bien el examen
25 enero, 2011 a las 12:07 pm en respuesta a: VIDEO REALIZACION 2º EJ. TRAMITACION (PI) 15 ENERO 2011 #310006hhernandezParticipanteNo veo ninguna imagen, con que programa lo habéis visto, sólo oigo al tutor …
Gracias compishhernandezParticipanteRealmente dirigirse a la gente que participa en el foro y que lee los posts como “gentucilla”, como poco es de mal gusto.
Que significa “gentucilla”? Nada bueno entiendo, en todo caso será compañeros.
Coincido con mis COMPAÑERAS del foro, no se debería permitir este tipo de expresiones para gente que cada día se esfuerza en las oposiciones.
Saludos
hhernandezParticipanteComo dije en su momento, en algunas CCAA es festivo mañana, agradecería mucho que se subiera esta tutoria, al campus opositas.
Suscribo la petición de mis compañeros.
Gracias
21 junio, 2010 a las 7:10 pm en respuesta a: ANTE LA PRÓXIMA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES DE JUSTICIA #308086hhernandezParticipanteOk Baldo, disculpa me he confundido en lo que dije antes, el festivo en la comunidad de Cataluña es el jueves, día de San Juan, me refería a que seguramente muchos tengan puente.
Gracias,
21 junio, 2010 a las 3:29 pm en respuesta a: ANTE LA PRÓXIMA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES DE JUSTICIA #308084hhernandezParticipanteHola:
Baldo, en Calaluña el miércoles es fiesta, a mi me va mal hacer una extraordinaria el jueves ya que no podré asistir. No se si es mucho problema hacer una sesión doble el lunes o pasar al martes, la tutoria de penal del lunes.
Espero que esta noche se comente este aspecto y espero poder asistir si mis circunstancias no lo impiden.
Saludos,
6 mayo, 2010 a las 4:03 pm en respuesta a: RECOPILATORIO DUDAS PROCESOS ESPECIALES EN LA LEC. #307708hhernandezParticipanteHola!!
Tengo una duda con la siguiente frase:“Artículo 816. Incomparecencia del deudor requerido y despacho de la ejecución. Intereses.
2. Despachada ejecución, proseguirá ésta conforme a lo dispuesto para la de sentencias judiciales, pudiendo formularse la oposición prevista en estos casos, pero el solicitante del proceso monitorio y el deudor ejecutado no podrán pretender ulteriormente en proceso ordinario la cantidad reclamada en el monitorio o la devolución de la que con la ejecución se obtuviere.”
Que significa eso de no podrán prentender ulteriormente….??
Gracias de antemano1 marzo, 2010 a las 8:48 pm en respuesta a: Diferencia regimen económico matrimonial y participación #307268hhernandezParticipanteHELLO COMPIS!!!!!!!!
Muchisimas gracias, me ha quedado clarisimamente claro!!!!!
Un saludo y nos vemos mañana
hhernandezParticipanteComo siempre gracias por responder compañeros y profe. La teoria si que la tengo clara pero al final me acabo haciendo un lío sobre quien conoce de ese recurso.
Piedi gracias, muy clarificadora tu respuestaSaludos,
hhernandezParticipanteVuelvo a escribir, significa que serian disposiciones comunes a por ejemplo algunos autos dictados por la AP pore ejemplo en la apelación en el Tribunal del Jurado, conocería el TSJ o en el caso de casación también valdría para autos dictado por la Sala del TSJ.
Ok entendido, espero que nadie me quite la ilusión…hhernandezParticipantePues gracias por hacermelo ver tambien, ahora lo entiendo igual que tu, pensaba que me estaba volviendo loca.
No estaría de más que Baldo lo confirmase
Gracias 😀 -
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