fbpx

Podemos definir el despacho de ejecución como aquella orden (resolución) judicial dada para dar comienzo al proceso de ejecución. Al respecto, el artículo 551.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) señala que, presentada la demanda ejecutiva, el Tribunal, siempre que concurran los presupuestos y requisitos procesales, el título ejecutivo no adolezca de ninguna irregularidad formal y los actos de ejecución que se solicitan sean conformes con la naturaleza y contenido del título, dictará auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma.

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?