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18 junio, 2004 a las 6:12 pm #333858epa2Participante
Hola amigos, me gustaría saber cuantas y cuáles son las comunidades historicas de España. Por que en la Constitución no viene eso ¿verdad?
18 junio, 2004 a las 6:47 pm #333859Academia OpositasParticipanteQue yo sepa en la CE no viene nada de eso pero por si te puede servir de algo, Asturias y Navarra lo son.
Menos es nada, ¿no? 😉
18 junio, 2004 a las 6:58 pm #333860MARIAJOSParticipanteEn la Constitución habla de NACIONALIDADES HISTORICAS, que son Pais Vasco,Cataluña y Galicia
18 junio, 2004 a las 10:59 pm #333861Academia OpositasParticipanteVamos a ver:
Una cosa son las provincias limítrofes con características históricas, económicas y culturales comunes, las cuales serían Cataluña, Galicia y País Vasco.
Y otra cosa, son las provincias con entidad regional histórica, que en este caso las que yo conozco son Asturias y Navarra, y no sé si existen más…
Claro que aparece en la Constitución, pero no especifica que comunidades son.
Creo que me expresado mal anteriormente 😉
Espero no estar equivocada si no, apago la luz y me voy…
18 junio, 2004 a las 11:56 pm #333862manolo9ParticipantePues yo creo que como dice Mariajos se refiere a Cataluña, Pais Vasco y Galicia. Esta polémica salto cuando el presidente del Tribunal Constitucional (Manuel Jiménez de Parga) hizo aquellas declaraciones sobre si Andalucia estaba más avanzada al cabo de la historia, hacer memoria pues hubo polémica sobre los baños y duchas de los andaluces.
Me parece que se entienden como comunidades históricas a estas por algo que paso sobre 1931, en la República. Espero que alguien nos complete este trozo de la historia. Pero si tengo claro que se consideran históricas por esto, pues si no daros cuenta que hay comunidades como Castilla-León, Aragón, Asturias….que tendrían el mismo derecho a ser calificadas así.
Saludos. 😉
19 junio, 2004 a las 10:35 am #333863Academia OpositasParticipanteHola a todos.
Yo creo que como dice Manolo, el término “comunidades históricas” es una expresión acuñada únicamente por motivos políticos; en la CE sólo se hace una referencia a los “pueblos de España” en su Preámbulo y a las “nacionalidades y regiones” en el art. 2. El hecho de que en la Carta Magna esta cuestión aparezca tan poco nítida ha sido causa de diversas polémicas con las que se autodenominan “comunidades históricas” (de primer grado, se ha llegado a decir): Cataluña, Galicia y País Vasco.
Pero la cosa no está clara, al menos eso creo yo.19 junio, 2004 a las 10:55 am #333864Academia OpositasParticipanteBueno esto de las comunidades históricas y los derechos históricos y todo eso se resuelve muy fácilmente asistiendo, como un servidor, a una conferencia referente al tema q dio Herrero de Miñón, uno de los “padres” de la Constitución y miembro del PP para más señas, q defiende la prevalencia de esos derechos históricos.
Esto de las comunidades históricas y tal se plasma, por ejemplo, en q Vizcaya, Guipúzcoa y Álava no son provincias sino Territorios Históricos, y q Navarra no es Comunidad Autónoma sino Comunidad Foral.
SALU2
19 junio, 2004 a las 5:15 pm #333865MARIAJOSParticipanteHola a todos. Conozco las polémicas declaraciones que hizo Manuel Jiménez de Parga sobre éste tema y creo también que no deja de ser un tema principalmente político.
Manolo, te completo lo que dices sobre la Segunda República en 1931.Después de la Guerras Carlistas, La Segunda República de 1931 trata de solucionar constitucionalmente ésta problemática mediante una fórmula intermedia entre el estado unitario y el estado federal, es el denominado Estado Integral, compatible con la autonomía de Municipios y Regiones. En Cataluña se instauró un regimen estatutario ratificado por plesbicito en 1931 y aprobado por las Cortes el 15 de Septiembre de 1932. En cuanto al Estatuto del Pais Vasco, con la autoexclusión de Navarra entró en vigor en plena guerra civil y no funcionó con normalidad. El Estatuto de Galicia, plebiscitado en Junio de 1936 no llegó a ser sancionado por las Cortes.Al final de la guerra se implanta la Unidad Nacional desapareciendo las Autonomías, y en 1975 con el restablecimiento de la Monarquía comienza una nueva etapa para el desarrollo de las Autonomías.Bueno éste trozo de historia, quizá nos ayude a entender mejor el proceso autonómico
en España. Saludos a todos19 junio, 2004 a las 10:53 pm #333866manolo9ParticipanteA eso me refería Mariajos. Gracias por la aclaración. En esto se basan para ser comunidades históricas.
Saludos.21 junio, 2004 a las 9:22 am #333867epa2ParticipanteBueno, gracias por el interés, tomo nota de lo aquí expuesto.
Hasta pronto. 😮
22 junio, 2004 a las 8:53 am #333868Academia OpositasParticipanteEfectivamente, el sentido real de la acuñación de “históricas” de algunas comunidades autónomas es ese. Las comunidades de Cataluña, Galicia y País Vasco son las únicas que llegaron a aprobar con anterioridad al régimen constitucional actual un estatuto de autonomía, durante la II República, de ahí esa denominación de históricas.
Algunos se rasgan las vestiduras porque entienden o utilizan mal esa expresión, pensando que lo que afirma es que algunos territorios tienen más o menos historia que otros, lo cual es una ridiculez que no se sostiene, evidentemente, salvo para aquellos que tengan ganas de discutir.
Por último decir que la Constitución sí contempla esta realidad histórica y la tiene en cuenta como uno de los requisitos para acceder a la autonomía por una vía especial, la de la disposición transitoria segunda, pero en ningún momento habla de “comunidades históricas”. Concretamente dice: “Los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía y………”
Saludos
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