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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #295291
    agente004
    Participante

    hola !! buenos dias, estudio auxilio judicial y la verdad es que estoy en un lio… Alguien sabria decirme si en los derechos de los funcionarios cuando se refiere a los permisos y licencias… relacionado con la maternidad y adopción eso es una licencia o un permiso es que yo creo que es una licencia y en un libro por un lado dice licencia y en otro permiso que es? si podeis ayudarme gracias. P.D. Si alguien quiere ponerse en contacto conmigo para consultar dudas … muchas gracias por todo

    #295292
    Academia Opositas
    Participante

    Hola agente004!

    Yo creo que lo mejor es acudir a la propia Ley, en ella se habla de permisos y no de licencias:

    Artículo 503 LOPJ:
    1. Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales [u][b]permisos [/b][/u]y con la misma extensión
    que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del
    Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días, los
    cuales no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas.

    Así, vamos al art. 30 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública:

    Artículo 30. [b][u]Permisos[/u][/b].
    1. Se concederán [b][u]permisos [/u][/b]por las siguientes causas justificadas:
    a. Por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo…
    3. En el supuesto de parto, la duración del [u][b]permiso [/b][/u]será de dieciséis semanas ininterrumpidas, ampliables
    en el caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo…

    Espero haberte ayudado, mucho ánimo con el estudio!! 😀

    #295293
    agente004
    Participante

    hola!! muchas gracias … lo que yo tengo es la LOPJ lo que no sabia era de esta ley, pero muchas gracias. Pero yo entendia que pues permiso es que te daban permiso para algo y licencia es algo que tienes derecho por asi decirlo no se si me explico se que pues hay que mirar que no es lo que uno cree si no lo que dice la ley o leyes pero sigo sin cuadrar no se si me explico lo que quiero explicar, creo que no pero bueno. Que mucho gusto de que me ayudes y un saludo, por cierto te preparas las de justicia? Pues si es asi, ojala tengas suerte, cuidate mucho!! Un saludo, cualquier cosa me escribes

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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