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balearesParticipante
Hola baldo,
Hace un mes que comentaste en un chat, que se actualizaria en breve el tema del Ministerio Fiscal, respecto del temario, sabemos algo? cuando se actualizará? Subo el post para recordarlo. Gracias.
balearesParticipanteHola! No hay nadie en el chat de opositas…no funciona? que pasa?
balearesParticipanteHola,
Mira, cuando se condena a la pena de multa por ejemplo de 10 dias a una cuota diaria de 2 euros, la multa seria de 20 euros, y si en el plazo que se indica no lo paga, entonces se convierte en localizacion permanente por cada dos cuotas no satisfechas 1 dia, es decir, tendria que cumplir localizacion permanente (antes se llamaba arresto domiciliario) de 5 dias (10/2). Espero que te haya aclarado algo…
saludos.balearesParticipanteGracias desjas!
Intentaré descargarmelo! Un saludo.balearesParticipanteHola Rocio,
A ver, las guardias semanales son de martes a martes, es decir empiezas haciendo un horario el martes de 9-14 y 17-20 horas, hasta el lunes incluido, el martes solo irias de 9-15 horas. Si estas mas horas, es decir, si hay muchos detenidos y te has de quedar por ejemplo un dia hasta las 22:00 horas, no te lo pagan. Hay algunos juzgados que te dicen que vengas mas tarde o te lo compensen con algunas horas. Cuando acabas la guardia, en principio hasta el martes estarias de guardia, el miercoles te lo dan libre, aunque la mayoria se guardan ese dia y lo usan en otro momento.
En cuanto a las guardias de 24 horas no sé exactamente como funcionan, pero es eso: 24 horas y despues descansas.En mi caso, la Secretaria hace una relacion de las todas las personas que hay en el juzgado y a cada uno le toca segun los juzgados de instruccion que haya. Donde yo estoy hay 4, pues nos toca 1 vez al mes. En invierno yo la hago 1 cada tres meses y en verano me toca 1 cada dos meses, porque en invierno somos 2 tramitadoras y una oficial y en verano 3 tramitadoras y una oficial. Si hay alguien que no la quiere hacer y hay un compañero que no le importa hacer las que le toque, pues en principio y si la secretaria lo permite, no hay problema.
Espero haberte resuelto algunas dudas.
Un saludo!balearesParticipanteMuchisimas gracias a tod@s!!
balearesParticipanteMuchas gracias Baldo!
Pues si, haber si lo podemos comentar en el chat.
Un saludobalearesParticipanteHola Baldo,
Podrias enviarme el test de procedimientos especiales? Te he enviado dos correos solicitandotelo. Gracias. Un saludo.
balearesParticipanteHola Baldo y compañer@s!
Yo tambien prefiero el martes a las 22:00 horas.
Un saludo.balearesParticipanteHola Baldo,
hay un problema para hacer el test, esta ocupada la sala para hacerla..la podemos hacer en otro sitio?
Saludos.balearesParticipanteHola Baldo,
Realmente los procesos especiales empezarian en el art. 748 de la Lecivil, y terminarian en el art. 827 de la misma Ley, no? es que veo que en general en todas las sesiones que has puesto para los lunes, faltarian los arts. 811 al 816, donde basicamente se explica el proceso monitorio.
Gracias, un saludo y hasta pronto!.
balearesParticipanteBaldo, el test es de 25 preguntas, no?
balearesParticipanteMuchas gracias!, ya tengo la modificacion, no tenia constancia.
Ahora sí me cuadra.16 febrero, 2008 a las 11:31 am en respuesta a: ¿HACEMOS UN TEST “EXTRA” DE PROCEDIMIENTO PENAL? #301065balearesParticipanteHola Baldo,
por mi perfecto, ya habremos acabado este tema y estará muy bien hacer el test.
Un saludo.balearesParticipanteHola,
Ya lo entiendo, gracias!
Un saludo. -
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