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Dudas Ley de Enjuiciamiento Civil

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #315869
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas tardes.

    Estoy estudiando el tema de declarativos y quisiera consultaros una duda referente al artículo 11 de la LEC, que trara de la legitimación para la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios.

    Entiendo que según los perjudicados por el hecho dañoso estén o no perfectamente determinados, la legitimación va a corresponder a determinados organismos. Mi duda surge en el apartado 11.4, no entiendo a qué hace referencia.

    Gracias.

    #315870
    Anónimo
    Invitado

    Hola “Croatoan”.
    Efectivamente el articulo 11 habla de la legitimación en caso de intereses de consumidores y usuarios
    En el apartado 4 de dicho precepto lo que hace el legislador es ampliar las posibilidades de legitimación al Ministerio Fiscal y Las entidades habilitadas conforme a la normativa comunitaria europea para el ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios; por tanto dichas Instituciones también pueden interponer las correspondientes demandas

    Gracias por tu participación constante en el foro

    Saludos.

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