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7 julio, 2014 a las 8:14 am #318743
albalapg
ParticipanteEn civil, si una parte decide llevar abogado, ¿obligatoriamente la otra parte debe designarlo?
Gracias
7 julio, 2014 a las 8:46 am #318744rociogomez
ParticipanteHola albalapg
no siendo obligatorio llevar abogado ni procurador, si por ejemplo el demandante decide llevarlo, lo dirá en la demanda, con el fin de que el demandado pueda valerse también de estos profesionales para su defensa.
si es el demandado el que decide llevarlo, este comunica al tribunal su decisión, para que se le notifique al demandante su decisión, si el demandante quisiera también valerse de abogado y procurador lo comunicará al tribunal.
Por lo tento, no es obligatorio que la otra parte lo designe.
mirate el art. 32 que es al art. que regula esta cuestión.
saludos Rocío
15 julio, 2014 a las 7:15 am #318745albalapg
ParticipanteBuenos días, aprovecho este mismo tema para exponer una duda.
¿Qué diferencia existe entre los juicios verbales de carácter plenario y juicio sumario?
Gracias
16 julio, 2014 a las 8:19 am #318746Cudiximale
ParticipanteHola, compañera.
Los juicios verbales plenarios son aquellos cuya sentencia produce efectos de cosa juzgada, es decir, una vez firme, las partes no pueden volver a plantear la misma cuestión en otro juicio. Los juicios verbales sumarios son todo lo contrario, su sentencia carece de efectos de cosa juzgada, pudiendo las partes plantear la cuestión en concreto en otro proceso.
Son verbales plenarios,el precario, los alimentos, la rectificación de hechos inexactos, acción de cesación en defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, y los que pretendan la efectividad de los derechos reconocidos en el Código Civil.
Otra importante diferencia es que, respecto a la publicación de edictos, en los verbales sumarios no es necesario, pudiendo emplearse medios técnicos.
Igualmente, en relación a la rescisión de sentencias a instancia del demandado rebelde, tampoco procederá en los juicios verbales sumarios.
Saludos.
16 julio, 2014 a las 6:21 pm #318747LN30
ParticipanteHola compañeras, gracias por plantear estas dudas, la verdad es que son temas muy importantes y muy de examen también y además hay ciertos temas que ni sabía la diferencia. Saludos. Buen finde.
17 julio, 2014 a las 4:48 pm #318748albalapg
ParticipanteMuchas gracias, ¡duda resuelta!
Estas dudas parecen sencillas, pero la verdad es que luego en el examen nos fastidian porque o bien no nos acordamos de la teoría, o bien creemos saberlo y fallamos.
Creo que son aspectos básicos, que hay que tener claros para poder seguir en este tema de declarativos.
Gracias.
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